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La Audiencia de Madrid estudia la nulidad del 'caso Argentia Trust bis'

La Audiencia Provincial de Madrid, sección sexta, ha solicitado al juez José Emilio Coronado el acceso a la causa abierta por una denuncia de Lourdes Arroyo, esposa de Mario Conde, a fin de pronunciarse sobre una petición de nulidad de actuaciones elevada el pasado mes de junio por la defensa del denunciado Diego Selva.Asimismo, solicita al decano de los juzgados de Plaza de Castilla que informe sobre las normas de reparto y "si existió la norma o práctica que vincula al juez de guardia con el asunto de que se trate, independientemente de que se conceda o no la medida cautelar interesada". La Audiencia suspendió el pronunciamiento hasta cumplir ambos trámites.

La defensa de Selva alegaba, entre otras causas de nulidad, la referida a cómo se tramitó la denuncia. Arroyo solicitó en el juzgado de guardia, el 27 de mayo de 1997, una orden de entrada y registro en los domicilios de Antonio Navalón y de Selva para buscar documentos relacionados con Argentia Trust, entidad a la que Mario Conde hizo pagar 600 millones de pesetas en 1990.

Arroyo sostiene que Navalón y Selva falsearon su testimonio en el juicio oral y que ello originó la sentencia de su marido. El juez Coronado, de guardia el 27 de mayo, rechazó la petición, pero decidió incoar diligencias previas, quedándose la causa en su juzgado, el número 16, en lugar de enviar la denuncia a reparto.

Al día siguiente, la esposa de Conde amplió la denuncia inicial ante el propio Coronado y solicitó el envío de una comisión rogatoria a Zúrich (Suiza). Ni Selva ni el otro denunciado, Navalón, fueron informados de la denuncia para que pudieran defenderse.

En la investigación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid nunca ha quedado acreditado el acuerdo de 1992 que, según Plaza de Castilla, había dado lugar a la norma de reparto en práctica.

El pasado enero, el decano de los juzgados de Madrid se dirigió al Tribunal Superior, de Justicia para pedirle que "se apruebe formalmente" la norma de reparto. Para ilustrar a la sala de gobierno, el decano acompañó copia de un acta del 20 de junio de 1997. En dicha acta se lee: "Desde 1992 [ ... ] será competente para conocer de un asunto el juzgado de guardia cuando exista petición de entrada y registro, se conceda o no".

Fuentes judiciales han señalado que el acta de 1992 nunca ha sido aportada. "Es una confesión de que ese acta nunca existió. En realidad, lo que se ha sometido al Tribunal Superior es un acta del 20 de junio de 1997, posterior a la tramitación hecha por el juez Coronado", dijo una fuente judicial.

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