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Un sistema sin fiscalización previa

Luis R. Aizpeolea

La convalidación de gastos por el Consejo de Ministros se produce cuando el Gobierno aprueba los gastos sin la fiscalización previa de la Intervención General del Estado o cuando surgen conflictos entre la Intervención y la Administración.La Intervención General del Estado ejerce el control interno de la gestión económico-financiera del sector público estatal, esto es, de todos los órganos que dependen del Gobierno o de la Administración General del Estado. Le corresponde a la Intervención General examinar, antes de que se dicte la correspondiente resolución, que todos los actos, documentos o expedientes susceptibles de producir derechos u obligaciones de contenido económico, pagos o ingresos se ajustan a las disposiciones aplicables en cada caso.

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Por ejemplo, que el acreedor haya cumplido o garantizado, en su caso, la correlativa prestación; que la expedición de las órdenes de pago contra el Tesoro Público es correcta y que dicho pago se ha dispuesto por órgano competente y se realiza a favor del preceptor y por el importe establecido.

Cuando la Intervención del Estado observa que algún expediente es irregular, en el fondo o en la forma, formula por escrito lo que se conoce con el nombre de 11 reparo". Automáticamente, el expediente queda en suspenso, hecho que se produce ante alguna de estas circunstancias: que haya insuficiencia de crédito o el propuesto sea inadecuado; que existan graves irregularidades en la documentación justificativa de las órdenes de pago; que se hayan omitido en el expediente requisitos que la intervención considera indispensables o porque estime que la continuación de la gestión pudiera causar quebrantos al Tesoro Público o a un tercero o cuando el "reparo" derivare de comprobaciones materiales de obras, suministros, adquisiciones y servicios.

Reparos y discrepancias

Cuando el órgano gestor no acepta lo expuesto en el "reparo", la Intervención General del Estado plantea lo que se conoce como "discrepancia". Si subsiste la "discrepancia", corresponde al Consejo de Ministros adoptar la resolución definitiva. Esta resolución es la que se conoce por "convalidación de gastos".El Consejo de Ministros también está habilitado legalmente para establecer una serie de expedientes que, en aras de una mayor eficacia y agilidad, están sometidos a lo que se denomina régimen especial de fiscalización limitada previa, que requiere la comprobación de que el crédito presupuestario es adecuado, que los gastos se generan por órganos competentes y aquellos extremos que determine el Consejo.

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También puede producirse la "convalidación" en Consejo de Ministros por haberse omitido la fiscalización previa en los casos que fuera preceptiva. En resumen, la "convalidación" denota la existencia de anomalías, a juicio de la Intervención, por irregularidades en el fondo y forma, formuladas con motivo de su fiscalización previa o porque siendo ésta obligatoria no se realizó .

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