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Fungairiño y De Prado niegan haber ocultado un informe policial

Los fiscales de la Audiencia Nacional Eduardo Fungairiño y María Dolores Márquez de Prado han negado "tajantemente" haber ocultado al juez instructor un informe policial que descartaba la participación de un etarra en el atentado contra José María Aznar, en abril de 1995. Ambos están acusados de una falta muy grave por su "conducta irregular, que compromete la dignidad del ministerio fiscal por falta de imparcialidad". La sanción podría ser de un mes a un año de suspensión de empleo y sueldo.Fungairiño y Márquez de Prado aprovechan sus alegaciones para arremeter contra su antiguo superior, el destituido fiscal jefe José Aranda, a quien precisamente sustituye, en funciones, Fungairiño. Según su versión, le dieron cuenta de su actuación, pero Aranda no adoptó ninguna decisión porque, según ellos, nunca seguía de cerca los sumarios de terrorismo. Por contra, Fungariño y Márquez de Prado se quejan del arsenal disciplinario desplegado contra ellos y de que se les expediente por su exceso de celo.

Ambos fiscales niegan haber ocultado al juez Manuel García-Castellón un informe que descartaba la aparición de huellas del etarra Mikel Azurmendi, Hankas, en el lugar del atentado.

Márquez, con el respaldo de Fungairiño, pidió un informe sobre las huellas del cajetín de la farola que se utilizó para accionar el explosivo, a pesar de que en la causa ya existía uno que descartaba que hubiera huellas de Hankas. Según su versión, el nuevo informe no se incorporó al sumario porque el resultado era el mismo que el del que ya tenía el juez. Sin embargo, pese al resultado negativo, la fiscal reiteró su petición de procesamiento para Hankas incluso un año después.

Los expedientados alegan que la calificación del fiscal instructor del Supremo, José Íscar, carece de tipicidad debido a que las conductas indignas no están recogidas en el Estatuto del Ministerio Fiscal, sino en un reglamento de 1969 que remitía estas conductas a los tribunales de honor, actualmente prohibidos.

Desviación de poder

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También alegan "desviación de poder" en la calificación de los hechos y añaden que la falta ha prescrito por el transcurso de más de seis meses desde su comisión, pero no proponen expresamente la prescricpción porque entienden que "el archivo de los expedientes por esa causa no reparará el daño producido" a su dignidad profesional. Como pruebas, proponen la declaración de sus compañeros, los otros fiscales que llevan asuntos de terrorismo, y de miembros de los gabinetes científicos de la Policía y la Guardia Civil para que confirmen que es práctica habitual de la Fiscalía solicitar informes que no se incorporan al sumario si no tienen trascendencia.Por otra parte, el magistrado de la Audiencia Nacional José Antonio Marañón fue designado ayer magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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