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Un edil de Móstoles, condenado a 4 años por malversar seis millones de pesetas

La Audiencia de Madrid ha impuesto un total de cuatro años de cárcel y ocho de inhabilitación para ejercer un cargo público al ex concejal en Móstoles del Centro Democrático y Social (CDS) Ángel Ricardo Alvarez Plaza. Se le condena como autor de los delitos de malversación de caudales públicos y falsificación de documentos mercantiles (facturas) para encubrir la malversación. La condena del ex edil Álvarez Plaza tiene su raíz en un acuerdo plenario del Ayuntamiento de Móstoles, fechado en julio de 1991, mediante el que los distintos grupos políticos -PSOE, PP, IU y CDS- convinieron en subvencionarse con 32 millones de pesetas.

El edil Álvarez Plaza, entonces único concejal y, por tanto, portavoz del CDS, recibió un total de 12.640.000 pesetas por este concepto entre los años 1991 y 1993. El acuerdo plenario establecía que el dinero se destinase al funcionamiento de los grupos municipales, y que los gastos derivados de las partidas asignadas a cada uno de ellos fuesen debidamente justificados de forma trimestral. El dinero lo recibió en 20 órdenes de pago.

Del dinero de su grupo, el ex concejal centrista se quedó para sí, "con evidente ánimo de lucro personal", aproximadamente la mitad, en concreto 6.505.000 pesetas, según la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Madrid, hecha pública ayer y que ha sido elaborada por los magistrados Félix Alfonso Guevara (ponente), Pilar Abad y Carlos Ollero. Para "aparentar" Alvarez Plaza que ese dinero lo había destinado a su grupo municipal, utilizó facturas falsas a las que dotó de una "apariencia de realidad con la finalidad preconcebida de servir de justificantes del dinero recibido por el Ayuntamiento de Móstoles para financiar el grupo político al que pertenecía".

PASA A LA PÁGINA 3

El ex concejal centrista anuncia que recurrirá la sentencia de la Audiencia ante el Tribunal Supremo

VIENE DE LA PÁGINA 1Explica el tribunal respecto al delito de falsedad: "[El procesado] confeccionó o dispuso que otros confeccionarán para sí una serie de facturas mendaces: en concreto, dos de Construcciones Alfonso Barrado y cinco de la sociedad Gráficas El Álamo". Tales facturas eran falsas, agrega el tribunal, "porque no habían sido emitidas por las respectivas entidades mercantiles" y "porque los trabajos que en ellas se especifican nunca fueron efectuados".

El ex edil -que ayer anunció que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo, informa Susana Moreno- era la persona que administraba las subvenciones destinadas a su grupo, el CDS.

En el trimestre abril-junio de 1992, por ejemplo, pasó al municipio la siguiente relación de gastos: "50.000 pesetas de gastos diversos, 384.605 de secretaría, 75.000 de gasolina, 1.036.210 de gastos de imprenta y otras 219.750 de asesoramiento".

El tribunal le condena, además, a devolver al erario municipal los 6.505.000 pesetas que malversó. Y, paralelamente, absuelve de un delito de infidelidad de documentos a Carmelo Cerezuela, interventor general del Ayuntamiento de Móstoles e implicado en esta causa.

Según el tribunal, Cerezuela actuó "de forma modélica" y remitió al juez instructor, cuando éste se lo requirió durante su investigación, la relación de cantidades de dinero entregadas a los grupos políticos y las facturas o justificantes que éstos, incluido el del CDS, remitieron al Consistorio. Por tanto, entiende el tribunal, el interventor no cometió tal delito, por el que el fiscal le pedía un año de cárcel.

Aparte de este proceso, que acaba de saldarse ahora con la condena de cuatro años para el ex edil y la absolución del interventor, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tramita en la actualidad otras diligencias para determinar si el citado acuerdo plenario en el que se convinieron las subvenciones se ajusta a la legalidad. El grupo ecologista Los Verdes interpuso un recurso contencioso-administrativo contra ese acuerdo por entender que no estaba establecido ni en la ley electoral ni en la de financiación de los partidos políticos.

El Tribunal Superior, al recibir la denuncia, ordenó la suspensión cautelar de las subvenciones y ordenó a un juzgado de Móstoles que investigase el asunto. El juzgado tomó declaración a los 27 ediles que formaban parte del Consitorio. El caso volvió al Tribunal Superior porque uno de los ediles era aforado.

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