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EL 'CASO GAL', EN EL SUPREMO

El Supremo abre la puerta a los procesados del 'caso GAL'

La Sala de Admisión se declara competente para instruir el caso y omite la designación de instructor

Los dos días de vacaciones suspendidas a los tres magistrados de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo que integran la Sala de Admisión del caso GAL produjeron ayer una resolución de cinco folios, unánime pero escasamente razonada, en la que se declara la competencia del Supremo -dadas las imputaciones de presuntos delitos contra cuatro aforados-, se reclama a Garzón la "urgente remisión" del sumarIo 1 / 1988 y se omite la designación de magistrado instructor. En cambio, se anuncia algo menos previsible: el envío de la causa al fiscal y al resto de los personados -que ya deben tenerla- para que en el plazo de 10 días se pronuncien sobre el asunto. A la vista de lo que resulte de este trámite, "se acordará lo procedente", anticipa la resolución.La condición de presidente del Gobierno de Felipe González y la de diputados de Narcís Serra, ministro de Defensa en 1983; José Barrio-nuevo, ministro del Interior en el mismo año, y Txiki Benegas, ha sido determinante, junto con el hecho de que el juez Baltasar Garzón haya atribuido a los cuatro aforados "hechos presuntamente constitutivos de delito", para que la Sala Segunda de lo Penal del Tribuna Supremo se declarara ayer competente para conocer del caso GAL.

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Con esta resolución la sala responde al juez Garzón, que el 28 de julio último pidió al Supremo que decidiera lo que estimara oportuno "sobre la reclamación de la causa o sobre la autoriza ción para la continuación de la instrucción" por el juzgado del que es titular. El 31 de julio, la sala recabó el informe del fiscal y comunicó a Garzón que, "hasta que esta Sala declare su competencia, se autoriza al citado órgano instructor (...) a que continúe la tramitación de las actuaciones practicando las diligencias cuya urgencia y necesidad fueren manifiestas, con exclusión de las que afecten de modo directo a las personas que aparezcan como aforadas en la causa".

A partir de la declaración, ayer, de su competencia, el juez Garzón cesa en la instrucción del sumario 1 / 1988 y, dado que no se ha designado nuevo instructor, el caso GAL queda por el momento sin nadie que lo instruya. Fuentes del Supremo relacionan esta omisión con la falta de acuerdo sobre el procedimiento para la designación de instructor. Esta falta de acuerdo, que se reproduce en la Sala de Admisión, ha inducido a los tres magistrados, según tales fuentes, a obviar la designación de instructor, de igual modo que se ha razonado poco la resolución, con tal de obtener el difícil acuerdo entre el presidente Fernando Cotta y el magistrado Francisco Soto, por una parte, y por la otra, el magistrado José Augusto de Vega, quien no ha formulado voto particular.

Tras la obvia declaración de competencia y la obligada reclamación de la causa al juez Garzón, la decisión más novedosa de los tres magistrados es el traslado "al Ministerio Público y al resto de los personados, para que, en el plazo de 10 días, puedan solicitar lo que al derecho de los mismos conviniere, en orden a los aspectos procedimentales y de fondo del presente asunto".

Ello quiere decir que, además del fiscal y las acusaciones, tendrán ocasión de pronunciarse ante el Supremo, antes de que los aforados puedan alegar en su defensa y de que la Sala de Admisión tome una decisión definitiva, al menos los 14 siguientes procesados: Rafael Vera, ex secretario de Estado para la Seguridad; Julián Sancristóbal, ex director general de Seguridad; Juan de Justo, ex secretario de Vera; Ricardo García Damborenea, ex secretario general de los socialistas vascos; Francisco Álvarez Sánchez, ex jefe del Mando único de la Lucha Contraterrorista; Miguel Planchuelo, ex jefe superior de Policía de Bilbao; José Amedo, ex comisario de policía; Michel Domínguez, ex policía; Aníbal Machín, comisario de policía; Félix Hernando Martín, comandante de la Guardia Civil, y los inspectores de policía Julio Hierro, Francisco Saiz Oceja, Juan Ramón Corujo y Luis Hens Serena.

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Cotta, Soto y De Vega pueden así regresar a sus seguramente merecidas vacaciones, pero la nueva dimensión del caso GAL queda ahora en manos del Tribunal Supremo, que necesita, para poder pronunciarse sobre los indicios apreciados por Garzón, consultar a las partes -desde hace meses presentes en la Audiencia Nacional y en los medios de comunicacíón social-, mientras que estima aplazable el paso esencial para dilucidar las posibles reponsabilidades penales: la designacíón de instructor.

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