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El fiscal dirá en septiembre si aprecia indicios de delito en Felipe González por el 'Caso GAL'

El fiscal de Sala del Tribunal Supremo Emilio Vez Pazos informó ayer que la Sala Segunda del alto tribunal es la competente para enjuiciar el caso GAL "y debe asumir el conocimiento de la presente causa al dirigirse contra personas aforadas'. En un escueto informe de cinco líneas, el fiscal. señala que no es el momento oportuno, para analizar contra qué afarados, en su caso, debe dirigirse la investigación. Ésto será materia de un informe posterior, para cuya elaboración el fiscal general del Estado, Carlos Granados, convocará en septiembre a la Junta de Fiscales de Sala.

El informe del fiscal, de apenas cinco líneas de extensión, causó estupor y desconcierto en medios judiciales al limitarse a informar sobre la competencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, algo que ya era conocido por estar así preestablecido. para los aforados. El Gobierno también se sintió decepcionado e indicó que habría preferido que el fiscal entrase en el fondo del asunto, dado que la inexistencia de pruebas "habría permitido dar una solución más rápida a la cuestión".El informe. del fiscal Emilio Vez señala textualmente: "El Fiscal, evacuando el traslado conferido, considera a los solos efectos de decidir sobre la competencia y sin entrar en otras consideraciones, por no ser el momento procesal oportuno, y de acuerdo con los artículos 71 de la Constitución y 57.2 de al ley orgánica del Poder Judicial, que esa Sala Segunda debe asumir el conocimiento de la- presente causa al dirigirse ésta contra personas aforadas".

El informe resultó aún más desconcertante porque se sabía que la Sala Segudna envió a la Fiscalía la "exposición motivada" del juéz"Baltasar Garzón el pasado día 31, acompañada de alrededor de 2.000 folios del caso GAL. Tampoco se descartaba que el fiscal pudiese analizar la conveniencia de aplicar o no el artículo 102 de la Constitución, que atribuye al Congreso la iniciativa para exigir la responsabilidad criminal del presidente del Gobierno por delitos contra la seguridad del Estado.

Fuentes de la Fiscalía del Estado explicaron ayer que el laconismo del informe se justifica en que el fiscal no puede hacer un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión . sin que la Sala Segunda haya admitido la causa a trámite.

Aunque no es infrecuente que el fiscal emita al mismo tiempo el informe sobre competencia y fondo, las mismas... fuentes indicaron que, al tratarse de una acusación contra el, presidente del Gobierno,. los exministros José Barrionuevo y Narcís Serra y el diputado Txiqui Benegas, "hay que ser más escrupulosos con los momentos procesales".

Tal escrupulosidad se traduce, según las citadas fuentes, en que la Sala Segunda del Supremo se declare competente y nombre un instructor de la causa. "Antes de que la Sala admitá la causa a trámite resulta improcedente otro pronunciamiento. No se trata de eludir responsabilidades. Cuando la Sala declare su competencia, entraremos en el tema".

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Sala de Vacaciones

Sin embargo, dichas fuentes indicaron que antes de opinar contra qué aforados procedería, en su caso, dirigir el procedimiento, el fiscal general del Estado recabará el parecer de la Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, que no se reunirá antes del mes de septiembre.El informe del fiscal Emilio Vez será estudiado mañana, miércoles por la Sala de Vacaciones del Tribunal Supremo, encargada de despachar los asuntos urgentes durante el período de vacaciones judiciales., Esta sala está, integrada este ano por el presidente de la Sala de lo Militar, José Jiménez Villarejo y los magistrados Jesús Marina, José Antonio Martín Pallín, Ángel Lorente, Mariano Sampedro y Javier Aparicio uno de cada una de las cinco Salas del Supremo.

En su reunión de mañana, la Sala de Vacaciones acordará remitir el informe del fiscal a la Sala Segunda, que tomará conocimiento del mismo a primeros de septiembre. Será entonces cuando la sala de admisión del caso GAL, integrada por el presidente de la Sala Segunda, Fernando Cotta, y los magistrados Francisco Soto y José Augusto de Vega,. resuelvan sobre la admisión a trámite y el nombramiento de instructor, y recaben del fiscal un informe sobre él alcance de las imputaciones y a qué aforados afectan.

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