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Los Coca piden notarialmente dos puestos en el Consejo de Administración del Banesto

Silvia Moroder, viuda de Ignacio Coca, requirió ayer notarialmente al vicepresidente y consejero delegado del Banco Español de Crédito (Banesto), José María López de Letona, primer ejecutivo de la entidad, para que proceda al nombramiento de los dos hijos mayores del banquero que se suicidó el pasado mes de junio, Íñigo y Borja Coca Moroder, como miembros del Consejo de Administración del Banesto, en cumplimiento de lo establecido en el pacto de fusión entre los bancos Banesto y Coca, de fecha 16 de diciembre de 1977.

El citado requerimiento, efectuado ante el notario Antonio Carrasco, manifiesta que en el apartado octavo del pacto de fusión suscrito entre ambas entidades -que fue elevado a escritura pública el 4 de septiembre de 1978- y firmado en sus respectivas representaciones por Pablo Garnica Mansi e Ignacio Coca, se establece que "en la forma en que se considere más conveniente, será nombrado consejero y vicepresidente de Banesto Don Ignacio Coca García, quien además propondrá a otras dos personas para ocupar otros dos puestos de consejeros".El escrito continúa explicando que Ignacio Coca dirigió en su día carta al presidente del consejo de administración de Banesto, en la que formulaba su deseo de que tales dos puestos quedaran "reservados para ser ocupados por dos de mis hijos". Aunque Ignacio Coca renunció a la vicepresidencia "por presiones de Banesto", en opinion de la familia, "nunca renunció a esos dos puestos de consejeros para sus hijos".

Confirmación clínica

A pesar de ello, el requerimiento señala que el banco se ha abstenido de propeder a dicho nombramiento, por lo que se "requiere a Banesto con objeto de que proceda de manera inmediata al nombramiento de los comparecientes para el cargo de consejeros" de la entidad financiera.Por otra parte, el doctor Pozuelo, médico que trató a Ignacio Coca desde 1979 hasta su suicidio, emitió ayer un comunicado en torno a la reciente querella presentada por Banesto contra la familia Coca. Esta querella, presentada pocos días antes de la junta general de accionistas de la entidad en el Juzgado de Guardia de Madrid, va dirigida contra la viuda y cinco hijos de Coca por acusación falsa. Pozuelo declara verse obligado "a romper el secreto profesional para que las afirmaciones de la familia Coca no deban considerarse como 'una falta de escrúpulos sin base alguna".

El doctor Pozuelo asegura que "durante el tiempo que yo traté a Ignacio Coca, él sufrió depresiones en distintos períodos relacionadas con las presiones externas ejercidas por los directivos del Banco Español de Crédito, exigiéndole firmar documentos con unas exigencias que ponían en riesgo su patrimonio, así como hacerle renunciar al puesto de consejero y cargo de vicepresidente".

Grandes depresiones

"Estas presiones", continúa Pozuelo en su declaración, "perturbaban su ánimo al extremo de sumirle en grandes depresiones, con una gran angustia e incapacidad de tomar las decisiones apropiadas, por lo que en varias ocasiones le aconsejé e insistí que su mente no estaba en condiciones de tomar en un sentido u otro decisiones de tal trascendencia"."Como las presiones del Banco Español de Crédito", prosigue el escrito, "persistieron y aumentaron en el último mes de su vida, según me lo comunicó profesionalmente el paciente, su depresión se hizo más profunda, lo que desgraciadamente le llevó a la trágica decisión final".

"No me cabe duda", concluye Pozuelo, "de que las presiones ejercidas fueron el determinante de su muerte, en este caso de depresión reactiva que Ignacio Coca padecía. Quién fue el pistolero y causante de esta muerte Dios lo sabe".

Denuncia falsa

Fuentes del equipo legal que defiende los intereses de la familia Coca rechazaron ayer la mencionada querella interpuesta por Banesto, señalando que "desde el punto de vista jurídico es imposible que haya acusación de denuncia falsa". Al respecto señalan que, según el artículo 325 del Código Penal, nadie puede instar una acusación de denuncia falsa si no hay por medio sentencia firme o auto firme de sobreseimiento, del tribunal que hubiere conocido del delito imputado. Estas dos circunstancias no se han producido en el caso de la dununcia presentada en su día por la familia Coca contra Banesto, a pesar de que el juez no la estimara en la parte referida a inducción al suicidio. Por otro lado, es el tribunal en su caso el que debe proceder de oficio contra el denunciador o acusador.

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