_
_
_
_
Vuelve la polémica sobre el impuesto autonómico

Representantes del Grupo Popular recurren el 3% y aconsejan no pagarlo

Amelia Castilla

José María Ruiz Gallardón, diputado de la Coalición Popular en el Congreso, presentó ayer a las 12 horas ante el Tribunal Constitucional, avalado por la firma de 54 parlamentarios de su grupo, el recurso contra la ley de la Comunidad de Madrid que estableció el recargo del 3% en el impuesto de la renta. El recurso está basado en nueve presuntos motivos de inconstitucionalidad. Andrés de la Oliva, miembro del Partido Liberal y responsable de la elaboración del recurso, aseguró: "Personalmente no pienso pagar el recargo y me voy a quedar muy tranquilo".De la Oliva, a quién Ruiz Gallardón encomendó la explicación del recurso ante el Tribunal Constitucional a los informadores, como principal responsable de su redacción, dijo que él no incita a la rebelión fiscal pero que aconseja a los madrileños que sigan su ejemplo porque "no hay base legal para aplicar el recargo y existen recursos legales, tanto ante los tribunales de lo contencioso administrativo como los penales, para sostener la decisión de no pagar".

Más información
Hacienda permitirá por decreto que los contribuyentes con derecho a devolución puedan deducir el recargo

"Leguina tenía prisa"

Ruiz Gallardón, que llegó al Tribunal Constitucional acompañado de dirigentes madrileños de Coalición Popular, como Luis Guillermo Perinat y Carlos Ruiz Soto, declaró poco despues de entregar los 62 folios del recurso que "la ley del 3% no está correctamente articulada" y se mostró muy optimista sobre el resultado del recurso.

El diputado del Grupo Popular añadió: "La ley del recargo se podía haber hecho mejor, pero Leguina tenía prisa por meter la mano en el bolsillo de los madrileños".

Andrés de la Oliva aseguró que "con las leyes actualmente en vigor, ni el Estado ni la Comunidad Autónoma están facultados para exigir la declaración y el pago delrecargo del 3%, puesto que no se ha instrumentado ninguna fórmula de colaboración con la Administración Tributaría del Estado". En esta apreciación se basa el primer motivo de incostitucionalidad que alega el recurso, según el cual "aún no ha sido aprobada una Ley General sobre los Recargos y se infringe", a juico de los recurrentes, "el principio de jerarquía normativa que consagra el artículo 9 de la Constitución. Se infringe también el artículo 157 al no excluir de tributación las rentas atribuídas a inmuebles situados fuera de la Comunidad, pero de propiedad de personas con domicilio fiscal en Madrid".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Los recurrentes consideran que "el recargo es deducible de la base del impuesto estatal y por tanto minora los ingresos del Estado", en contra de lo que establece la ley de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Los criterios de reparto y de inversión del Fondo de Solidaridad Municipal suponen "una invasión o limitación de la autonomía municipal porque perturban y en algunos caso disminuyen el cálculo de la participación de los municipios".

El recurso se basa también en que la Comunidad Autónoma pretende ejercer mediante la ley recurrida competencias en materia de régimen local que no posee durante los cinco primeros años de su existencia.

"El 3% infringe, asimismo, el principio constitucional de igualdad, por falta de justificación objetiva de la desigual carga tributaría de unos y otros españoles", afirmó De la Oliva.

Finalmente, según el Grupo Popular el cobro del recargo junto a la declaración del impuesto de la renta de las personas fisicas de 1985, correspondiente a los ingresos que obtuvo el contribuyente en el ejercicio fiscal de 1984, constituye una inconstitucional retroactividad de normas tributarlas.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_