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Nuevos sistemas para mantener oculto el dinero

La expectación creada en torno al proyecto de ley denominado Régimen fiscal de determinados activos financieros no parece haber defraudado a los asesores fiscales, quienes en las dos últimas semanas están recibiendo numerosas consultas de clientes sobre cómo mantener oculto su dinero, ya sea negro o blanco de origen, y negro por su aplicación. De hecho, ya se están perfilando algunos sistemas bastante sofisticados, aunque para muchos de ellos tendrán que florecer de nuevo los testaferros u hombres de paja.Para aprovechar el resquicio legal del 45% de retención única a cambio del secreto total entre la primera y la última transmisión del activo se puede utilizar como primer tomador del título una sociedad instrumental dependiente al 100% del propio emisor.

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A la vista de la desconfianza e inseguridad que esta ley puede crear en torno a los pagarés del Tesoro -cuya información completa está siempre en manos del Estado, aunque renuncie de momento a utilizarla contra el defraudador, a cambio de pagarle menos intereses-, algunos asesores recomiendan la creación de nuevos fondos de inversión mobiliaria en los que se puede invertir el dinero negro comprando una participación del propio fondo. El fondo de inversión mobiliaria será quien tenga beneficios o pérdidas mediante la compra y venta de activos financieros, sometiéndose a la retención legal del 18% con información obligatoria. Mientras tanto, el inversor propietario de una parte del fondo ve incrementarse su patrimonio secreto, pero no podrá vender con ventaja fiscal hasta que cambie la legislación proyectada; un mecanismo para ganar tiempo y mantener oculto el patrimonio.

Los especialistas prefieren la opacidad total, pero legalmente establecida, con tipos liberatorios, antes que provocar la desconfianza en el público y la generalización actual del sentimiento de tener que incumplir la ley, aun con la vista gorda implícita del Gobierno.

En cuanto a la obligación de informar, el proyecto copia textualmente párrafos enteros de la ley de Medidas Urgentes de 1977, que está en vigor, y por ello no hay por qué aprobarlos por dos veces. Por otra parte, supone un paso atrás con respecto a la obligación de información prevista en el último proyecto de ley sobre infracciones tributarias de UCD (Boletín del Congreso de 2 de noviembre de 1981,- artículo 35, apartado 5). Con este artículo, el ministro de entonces, Jaime- García Afloveros, quiso zanjar un contencioso con la banca, aún pendiente en el Tribunal Supremo. La banca se negó, en marzo de 1980, a cumplir una orden del Ministerio de Hacienda por la que debía suministrar información detallada sobre los rendimientos del capital percibidos por sus clientes. La Administración ganó el pleito en la audiencia, pero la banca recurrió la sentencia ante el Supremo. Ahora, con este proyecto de ley socialista, la banca ni siquiera necesita ganar ya ese viejo pleito. Los nuevos resquicios legales al secreto fiscal han hecho exclamar, jocosamente, a un asesor fiscal: "Si pagas más impuestos que un asalariado, debes cambiar de abogado".

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