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La sentencia sobre el impuesto de solares no afectará a los grandes municipios

Los grandes municipios no se verán afectados por la sentencia del Tribunal Supremo que libera a los ciudadanos de pagar el impuesto de solares hasta que no exista un registro oficial, según manifestaron fuentes municipales.La sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo fue dictada el 27 de febrero de este año, y establece que es requisito imprescindible la previa formalización del registro de solares y de la correspondiente matrícula de contribuyentes para que los ayuntamientos puedan proceder al cobro del impuesto municipal sobre solares.

El concejal responsable del área de Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Alfredo Tejero, manifestó que existe el citado registro en la corporación y que, por tanto, la sentencia no afectará a las arcas del municipio madrileño.

Alfredo Tejero agregó que el de solares es fundamentalmente un impuesto con fines urbanísticos y de control, y qué su recaudación no supone un capítulo importante dentro de los ingresos totales del municipio.

Fuentes del Ayuntamiento de Valencia declararon que el registro de solares se creó en la capital valenciana a mediados de 1983, por lo que ha habido algunos contribuyentes que reclamaron la devolución correspondiente a los años precedentes.

Las reclamaciones no han sobrepasado, no obstante, la quincena, y -aunque alguna alcanza las 200.000 pesetas- en su mayoría son de cuantías muy inferiores, por lo que las cantidades a devolver no alcanzan ni con mucho los cinco millones de pesetas. En otros ayuntamientos importantes, como el de Barcelona, no se han producido reclamaciones importantes.

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