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TRIBUNALES

El acusador privado en el 'caso Trebujena' considera pasiva la actuación del fiscal

El acusador privado del caso Trebujena -sumario por la muerte de un jornalero de dieciocho años como consecuencia de los disparos efectuados por un guardia civil en dicha localidad gaditana- ha criticado al ministerio fiscal por su pasividad, actuación errónea y falta de sensibilidad en el cumplimiento de su cometido. Casi siete meses después de los hechos, el guardia civil no ha sido procesado.

El trágico suceso ocurrió en Trebujena (Cádiz) el 2 de marzo de 1982, cuando el guardia civil Juan Macías, de servicio en la puerta del cuartel, disparó contra los ocupantes de una motocicleta que no se detuvieron a sus gritos de alto y de quienes sospechó podían ser los autores del presunto intento de robo de una cabra en una finca de las proximidades. Como consecuencia de los disparos, resultó muerto casi en el acto Ignacio Montoya, de dieciocho años de edad, y herido de gravedad su acompañante y primo, Antonio López, de dieciséis. Ambos eran obreros agrícolas y vecinos del pueblo sevillano de Lebrija.En abril, el acusador particular, Tomás Iglesias, solicitó el procesamiento del agente del orden por un supuesto delito de asesinato y otros de imprudencia punible (la calle en que se produjeron los hechos estaba concurrida por varias decenas de personas) y omisión del deber de socorro, una vez caído sobre el suelo el joven Ignacio Montoya, alcanzado por un disparo. Aunque la Audiencia Provincial de Cádiz concedió el día 7 de julio un plazo de diez días al fiscal para que se pronunciase sobre esta solicitud de procesamiento, éste no ha respondido hasta el pasado 17 de septiembre.

Inhibición del fiscal

Según Iglesias, esta actuación del ministerio público, ejercitado por el fiscal jefe de la Audiencia gaditana, es coherente con su postura de inhibición durante todo el período de instrucción del sumario, en el que no se personó hasta el día 7 de mayo y en cuyo desarrollo no ha pedido la práctica de una sola diligencia.Además, su respuesta del 17 de septiembre ha consistido en demandar a la Audiencia que devuelva lo actuado al juzgado de Sanlúcar de Barrameda, aduciendo que el sumario no va convenientemente numerado, que el auto de incoación carece de fecha y que los forenses deben firmar el informe en todos sus folios y no sólo al final.

Aparte de estas razones formales, el fiscal solicita que se practiquen diligencias sobre aspectos que, a juicio del acusador, no tienen relevancia para determinar si debe o no procesarse al guardia civil. Para Tomás Iglesias, el Gobierno no ha excitado en absoluto el celo del ministerio fiscal para actuar en el caso, y éste, por su parte, "está demostrando una gran falta de sensibilidad en el cumplimiento de su cometido".

Derechos constitucionales

Según el letrado, se está produciendo una vulneración de los artículos 24 y 124 de la Constitución, el primero referido al derecho de todos los ciudadanos a un juicio sin dilaciones injustificadas o indebidas, y el segundo, que establece los deberes y obligaciones del ministerio público."Si prospera esta petición del fiscal de devolver lo actuado al juzgado de Sanlúcar", indicó Tomás Iglesias, "podríamos llegar a marzo de 1983, es decir, un año después de la tragedia, sin que se haya decidido si se procesa o no al autor de los disparos".

La muerte de Ignacio Montoya provocó fuertes movimientos de protesta en Trebujena (Cadiz) y Lebrija (Sevilla), localidades con gran número de jornaleros y tradicional dominio político de la izquierda, donde la inquietud resultaba palpable en las fechas próximas al sucleso por el anuncio de que pensaba eliminarse el empleo comunitario.

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