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La Audiencia Nacional procesa a Martínez Loza contra el criterio del juez Varón Cobos

Un año y diez meses después del asesinato de Yolanda González, hecho ocurrido en febrero de 1980 en las proximidades de San Martín de Valdeiglesias (Madrid), la Audiencia Nacional ha dictado auto de procesamiento contra David Martínez Loza, ex jefe nacional de seguridad de Fuerza Nueva.

El tribunal acepta las reiteradas peticiones formuladas en este sentido por los abogados de la acusación particular, José Mariano Benítez de Lugo y José María Mohedano, y últimamente también por el ministerio fiscal.Con esta decisión, la Audiencia Nacional deja sin efecto la conclusión del sumario, acordada en septiembre pasado por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, juez Varón Cobos,quien no estimó procedente el procesamiento de Martínez Loza por no darse «las condiciones exigidas por la ley para apreciar, ni por vía indicia ria, la supuesta o presunta culpabilidad que se quiere obtener sor bre Martínez Loza».

En su resolución, en la que se pide al juez instructor que excite su celo «a fin de evitar dilaciones innecesarias que puedan retrasar el curso instructorio, ya deteriorado por su larga duración», la Audiencia Nacional procesa a Martínez Loza como presunto autor de un delito de coacciones y de otro de omisión del deber de poner en conocimiento de la autoridad la comisión de un delito contra la vida, el primero por inducción, y el segundo en concepto de autor material.

La Audiencia Nacional ordena la prisión provisional del procesado bajo fianza de 100.000 pesetas, y exige del mismo el depósito de 200.000 pesetas para hacer frente a posibles responsabilidades civiles.

Razones para el procesamiento del ultraderechista

En primer lugar, la Audiencia Nacional afirma que, «estudiados minuciosamente los cinco tomos de este sumario, este tribunal llega a la convicción de que aparecen indicios racionales bastantes para suponer que David Martínez Loza, que tenía ascendencia y afinidades ideológicas con el grupo armado autodenominado Comando 41, integrado por Hellín y por otras personas ya procesadas, ordenó a éste que practicaran investigaciones sobre Yolanda, encargo que cumplieron Hellín y los suyos, suministrando éste a Martínez Loza los datos que obtuvieron, y, una vez en posesión de ellos, Martínez Loza volvió a ordenar a Hellín que procedieran a entrevistarse con Yolanda y la obligaran a declarar y confesar, cosa que cumplieron».Por otra parte, según especifica el auto de procesamiento, Martínez Loza se puso en contacto telefónico con Hellín al día siguiente de ordenar el interrogatorio de Yolanda, y cuando se entera de la muerte de ésta «no sólo se abstuvo de dar cuenta de lo sucedido a la autoridad, sino que temporalmente se sustrajo a la acción de la justicia ocultándose y permaneciendo en paradero desconocido, aunque más tarde se presentó ante el juez instructor».

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La Audiencia Nacional añade que no existe «por ahora ningún indicio suficiente para suponer que Martínez Loza tuviera intención ni pretendiera se diera muerte a Yolanda, sino simplemente que la obligaran a declarar sus actividades». El sumario por el asesinato de Yolanda González fue concluido por el juez instructor una primera vez el 29 de octubre de 1980, pero fue abierto de nuevo por orden de la Audiencia Nacional, al estimar la pretensión de la acusación particular de que debía practicarse toda una serie de pruebas indispensables para esclarecer los hechos. El sumario fue cerrado por segunda vez a principios del pasado septiembre y ha sido abierto ahora por la Audiencia Nacional a los efectos de comunicar el auto de procesamiento a David Martínez Loza, tras estimar dicho tribunal que existen indicios racionales bastantes de criminalidad contra el antiguo jefe nacional de seguridad de Fuerza Nueva.

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