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El proyecto de decreto-ley sobre reindustrialización, duramente contestado por el Ministerio de Economía

El Ministerio de Economía ha unido al informe del proyecto de Decreto-Ley sobre reindustrialización, que discutirá hoy la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, un durísimo informe en el que critica, desde el fondo hasta la forma, las pretensiones «reindustrialistas» del Ministerio de Industria. A la vista de este documento confidencial -al que ha tenido acceso EL PAIS- parece probable que el proyecto citado no llegue a convertirse nunca en decreto-ley en sus términos actua les y que sea devuelto a su autor para que le cambie hasta el nombre. La mayor crítica se centra en que este proyecto pone en peligro la industrialización española, manteniendo artificialmente a empresas sin futuro y comprometiendo, sin embargo, al resto de los sectores «no reindustrializados» y al propio crecimiento de la economía. El pomposo Decreto-ley sobre Reindustrialización ha sido acusado también de añadir lamentablemente más confusión a la ya existente.

«El Gobierno, cuando las circunstancias económicas o la producción industrial así lo aconsejen», dice el artículo 1 del atacado decreto, con retórica intervencionista, «podrá proceder a la reconversión de sectores en crisis, mediante la reestructuración de las sociedades o empresas integrantes de las ramas o sectores objeto de reconversión». Este artículo 1, por el que es el Gobierno quien reestructura y no las propias empresas, ha merecido críticas implacables por parte de amplios sectores económicos liberales consultados por este periódico y ha sido calificado como «proyecto franquista».El informe del Ministerio de Economía sobre las intenciones del de Industria propone que sólo se hable de reestructuración y corrige la interpretación del lenguaje. También acusa el documento la falta de coherencia, especialmente en aspectos fiscales, de gasto público y de financiación, con la política económica general del Gobierno, y pide que se cambie Su nombre por el de decreto-ley sobre política industrial.

Según el, documento -cuyo texto íntegro reproducimos a continuación, como muestra de lo que pueden ser desde hoy los nuevos y refrescantes debates en el seno de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos-, se abusa de las exenciones, precisamente cuando habría que pedir a las empresas que pusieran algo de su parte. En su conclusión, el Ministerio de Economía, cuyo titular presidirá hoy la Comisión Delegada, por ausencia de Calvo Sotelo, pide una mayor discusión de los principlos que inspiran el decreto del ministro Bayón antes de dialogar sobre las medidas a aplicar.

Informe del Ministerio de Economía

«Bajo dos puntos de vista se analiza el real decreto-ley sobre reindustrialización, uno global y de principios básicos y otro desde el particular del articulado que integra la precitada norma. Sin embargo, hay que hacer referencia a una cuestión previa: el desafortunado término de reindustrialización, que viene a añadir más confusión a la ya existente, producida por el uso indistinto de los términos reconversión y reestructuración».«Es preciso, de una vez por todas», dice el documento de Economía, «definir claramente los términos, evitando la introducción de barbarismos; esto supone no aceptar el término reindustrialización y definir los otros dos; así, reconversión se suele aplicar a la adaptación de un factor de producción a nuevas condiciones técnico-económicas, e inclusive a nivel de sector se podría aplicar siempre que se trate de adaptación a un cambio, buscando nuevos productos que amplíen la gama o que sean totalmente diferentes -el caso más claro es la adaptación de empresas al pasar de épocas de paz a guerra, y fabricar material militar-; reestructuración es el término más generalmente utilizado en todo el mundo, constituyendo un conjunto de acciones dirigidas a transformar la estructura productiva de las empresas de un sector, que afectan a la participación de los factores de la producción en el proceso, es decir, una política de ajuste».

«El real decreto-ley trata de definir los términos, aplica reconversión a sectores y reestructuración a empresas, pero, lamentablemente, se llegan a confundir en el articulado posterior. Habría que proponer la utilización única del término reestructuración».

El decreto de Industria no aporta coherencia

«El real decreto-ley engloba tres aspectos: el de la reconversión (reestructuración) industrial, el de las medidas de fomento a la inversión y al empleo y, finalmente, a las medidas de fomento a sectores de carácter prioritario y de interés tecnológico. Quizá esto pueda explicar, en cierto modo, la utilización del término reindustrialización, cuando en realidad parece que se debería haber titulado real decreto-ley sobre política industrial, al plantearse un conjunto de medidas que deben estar de acuerdo con los fines de la política económica del Gobierno. Y este real decreto-ley no parece que aporte coherencia, en especial en los aspectos fiscal, de gasto público y de financiación».«Los instrumentos más utilizados por los países industrializados para hacer frente a sus sectores-empresas en crisis son los del tipo fiscal y los financieros, y menos los que se refieren a subvenciones. Pero mientras los de tipo fiscal presentan una mayor eficacia en el aspecto coyuntural, los financieros son más adecuados para los aspectos estructurales, y no hay que olvidar que la financiación es el principal problema con el que hoy se encuentran las empresas, en especial, las pequeñas y medianas».

«Con relación a las medidas fiscales hay que expresar», señala Economía, «que tanto las que se refieren a la reestructuración como al fomento de la inversión y al empleo o a los sectores prioritarios, son numerosas y complicadas, cuando en estos casos debe buscarse la simplicidad y, sobre todo, el conocer perfectamente cuanto supone la ayuda, directa o indirecta; en el real decreto-ley se abusa de las exenciones, cuando la vía a utilizar debe ser la de conceder bonificaciones, es decir, que paguen las empresas algo. Finalmente, un aspecto del mayor interés. Hay que tener presente la reforma fiscal. Esta ha sido, es y seguirá siendo una pieza básica en cualquier programa de política económica que se aplique, y si se empieza a fijar exenciones y tratamientos especiales, se estará obstaculizando la reforma fiscal. Hay que actuar con claridad, y es preferible que las empresas paguen lo que deben pagar, aunque luego haya que otorgar ayudas, pero siempre se conocerá con exactitud su coste. Por tanto, se estima más conveniente aplicar medidas fiscales de tipo general, reduciendo al mínimo los casos especiales haciendo cumplir la normativa fiscal, aunque haya que utilizar la subvención, no tanto a la inversión como a los tipos de interés».

«Las medidas financieras son las más utilizadas. El que una empresa pueda disponer de crédito suficiente para realizar sus proyectos a medio plazo, adquiere una notable importancia en cuanto a la solución de planes de reestructuración. Sin embargo, el real decreto-ley sólo contempla al Instituto de Crédito Oficial como fuente única de recursos, cuando hay que apoyar la utilización de otras fuentes como es la banca privada», añade el crítico informe. «Cada año se dota con mayores recursos al ICO, y estos recursos no pueden seguir aumentando tal como venía siendo norma, cada vez son más escasos y el número de compromisos es más elevado».

«Por ello, se deben promover acuerdos con la banca privada y las cajas de ahorro, compensándose una parte del tipo de interés a través de una subvención presupuestaria, con lo cual se rebajaría la carga Financiera de las empresas. ¿Serían suficientes los 50.000 millones de pesetas propuestos para el ICO en el artículo quinto?», se pregunta el Ministerio de Economía. «Cabe realizar una advertencia, y esta es que un apoyo sin límites a los sectores en crisis puede llevar a comprometer al resto de los sectores y el crecimiento a medio plazo. De ahí que hayan de compatibilizarse la política de crédito oficial y la política de transferencias asectores y empresas en crisis con un control del déficit presupuestario, Ampliar los acuerdos con la banca privada es una necesidad».

Mantendrá a empresas, sin futuro

«En relación con las medidas laborales, el articulado del real decreto-ley se apoya en la utilización de normas procedimentales y disposiciones especiales sobre medidas de movilidad, de prestaciones y de transferencias de personal. Tampoco parece que las normas laborales vigentes deban sufrir cambios, y menos acudir a normas especiales. Hay que Potenciar la norma general y poner en marcha todo lo previsto en materia laboral».«En la normativa que propone el real decreto-ley se hace referencia a la concesión de créditos y subvenciones a empresas, pero no se especifica que estas ayudas deberán establecerse para empresas viables, sometiéndose a un análisis económico-financiero. Si esto no se hace así, se seguirán manteniendo empresas sin futuro».

«No se comprende que se limite el alcance de las medidas a los años 1981 y 1982, ya que es imposible que en dicho bienio se solucione el problema de sectores en crisis».

«En definitiva», termina la contestación del Ministerio de Economía al de Industria, «el real decreto-ley requiere una fase de discusión de los principios, antes de pasar a las medidas. Pero en cuanto a las medidas debe apoyarse más en las de tipo financiero que en las fiscales, potenciando las normas generales sobre los aspectos laborales y sobre moratorias a la Seguridad Social y a los impuestos».

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