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Aprobado el reglamento de régimen disciplinario

El Consejo de Ministros, a propuesta del titular de Cultura, Iñigo Cavero, aprobó ayer el real decreto, el que se regula el régimen disciplinario deportivo, en desarrollo de la ley del Deporte. En el mismo se tipifican las faltas y sanciones correspondientes, se regula el procedimiento disciplinario y lo relativo a la instrucción y tramitación de expedientes, notificaciones y régimen de recursos (véase EL PAIS de 11 de septiembre).Con este real decreto, que ha sido informado favorablemente por el Consejo de Estado, se refuerzan las garantías jurídicas en el ámbito de disciplina deportiva. El régimen disciplinario deportivo se estructura en tres niveles: en primer lugar, el referido a los clubes, agrupaciones y entidades deportivas respecto a sus afiliados; en segundo, el de las federaciones, que sancionarán las faltas en materia de reglas de juego y conducta deportiva, y, por último, el que hace referencia al Comité Superior de Disciplina Deportiva, que será el órgano que conocerá en última instancia los recursos contra las sanciones de mayor trascendencia. Este comité se compone de siete vocales, elegidos por los presidentes de las federaciones españolas, y actuará con absoluta independencia del Consejo Superior de Deportes.

Sanciones rigurosas

El reglamento de régimen disciplinario contempla sanciones de inusitada rigurosidad en España para las faltas deportivas. Algunas de las calificadas como muy graves son realizadas hoy en día sin que se les conceda mayor importancia -las protestas colectivas, por ejemplo-, y para ellas está prevista la inhabilitación mínima de un año.Faltas muy graves serán las agresiones a árbitros y las protestas colectivas o individuales, airadas y ostensibles, realizadas públicamente con menosprecio de su autoridad; la manifiesta insubordinación y los abusos de autoridad, entre otras cosas. Las sanciones previstas para este tipo de faltas son: suspensión o inhabilitaciones terriporales de uno a cuatro años, privación definitiva o temporal de los derechos del asociado, multa de hasta 200.000 pesetas, descenso de categoría y pérdida de puntos.

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