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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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De la independencia de la justicia

De la Carrera Fiscal Miembro de Justicia Democrática1.Las bellas frases son muchas veces modos de ocultar la verdad. Ante la aspereza del suelo y la inclemencia de los tiempos suelen forjarse Dulcineas que no resisten la observación próxima y directa. Por eso, mejor que elaborar fórmulas poéticas que enmascaran la «prosaica» realidad, será acudir a los hechos, que son tozudos y que nos despiertan con la rudeza de lo que existe. Al fin y al cabo vivimos de hechos, y entre ellos, como entre los pucheros -ya lo aclaró Santa Teresa- también anida la verdad.

Vive impunemente el mundo de los tópicos eso que se llama independencia del poder judicial. Naturalmente que en su función de juzgar, el juez no ha de obedecer a ningún poder Político partidario. El juez ha de aplicar la ley según su buen entender y recta conciencia y de acuerdo con «la realidad social del tiempo» (artículo 3, n.º 1, Código Civil), es decir, ateniéndose a las exigencias y opiniones del mundo en que actúa. Pero esta independencia en la elaboración del juicio -que ha de respetarse y es inevitable para que exista un juez- nada tiene que ver, ni es licito confundirla, con el origen y organización del Poder judicial, que, quiérase o no, de alguien ha de depender. Porque, ¿quién ha de nombrar o elegir a los jueces? ¿Cómo y por qué mecanismo o arte pueden ser promovidos para presidir tribunales, acceder al Tribunal Supremo o gozar de competencia para conocer y enjuiciar determinados problemas?

2. La experiencia nos enseña que la independencia -la libertad- no puede equipararse con la soledad. Entre otras razones porque ni el hombre ni, menos aún, un poder social vive en la soledad. De alguna parte nacen, de alguien dependen.

Los jueces nacen de un examen en el que acreditan sus conocimientos de Derecho ante otros jueces, que hicieron lo mismo para llegar a serlo. Después tienen el poder de aplicar las leyes, de privar de libertad a los ciudadanos, de definir sus derechos y de ser su garantía. Ya es llamativo que en una democracia este, a veces, terrible y necesario poder nada haya de ver con el sentido de la sociedad, con sus decisiones.

Bien. Aceptemos que ser juez requiere saberes técnicos de leyes y de escolásticas y que esto no puede descubrirse- por vía de elección- popular (en realidad nada está fuera de la historia v cada uno traslada su ideología a su conducta, porque todos hablamos «en prosa sin saberlo»). Pero, hechos ya los jueces y fiscales, la organización de los tribunales no ha dependido de la sociedad ni dé los propios jueces. Ha sido y es el Gobierno el que designa el fiscal del Reino, del que dependen jerárquicamente todos los fiscales; es el Gobierno el que designa a los presidentes de sala del Tribunal Supremo, a los magistrados del Tribunal Supremo, a los presidentes de las audiencias y a los fiscales-jefes, a los jueces de las capitales de provincias y de determinadas ciudades..., y todo esto de acuerdo con criterios de independencia (?) del poder judicial. ¿Puede dudarse acaso que, salvada su conciencia, la suerte profesional de los funcionarios judiciales y fiscales está en manos de un poder extraño que decide de sus ascensos y destinos? ¿Quién ha nombrado a los actuales magistrados del Tribunal Supremo, a sus presidentes de sala?

3. El anteproyecto de borrador de la Constitución anuncia que el poder judicial estará regido por un consejo superior de la judicatura, compuesto por miembros del poder judicial elegidos democráticamente entre jueces y magistrados, por personas conocedoras del Derecho elegidas por el Parlamento y por personas que designe el Gobierno.

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He aquí una idea feliz. El poder judicial recibirá un bautismo de democracia interior, porque sus miembros ya no serán sujetos pasivos de decisiones, sino que contribuirán con sus votos a designar las personas que han de decidir. Esto es una novedad clamorosa que dará brillo y no humildad en la mirada a los jueces que, por ejemplo, aspiren lícitamente a ascender en su función, a defender sus criterios y comportamiento. Aunque ya no habrá que exponer tristemente el «curriculum» ante misteriosos decisores porque una noble y reciente resolución del presidente del Tribunal Supremo ha suprimido este penoso caminar, la creación de unos miembros electivos del Consejo de la Judicatura es una garantía para las aspiraciones y responsabilidades de los jueces y magistrados. Cuanto más que «cada uno vale tanto como vos y todos juntos más que vos», que es dicho y práctica antigua -y, por desgracia, olvidada- y principio y norte de democracia.

La creación de ese Consejo de la Judicatura es una aportación a la independencia del poder judicial. En adelante la justicia no será una proyección, aunque indirecta, del Gobierno, cualquiera que sea el signo y la ideología de los que lo compongan.

Pero lo que se anuncia como órgano supremo del poder judicial contiene otros factores democráticos. No es bueno aspirar a que los jueces estén fuera de la sociedad, o, lo que es lo mismo, sobre ella. En la democracia el pueblo no puede dimitir. de su soberanía en favor de un grupo de ciudadanos, por distinguidos y nobles que sean en su actuación. Un poder del Estado, como es el judicial, no debe vivir fuera de las reglas o, al menos, de la influencia de la vida democrática. Otra cosa sería hacer corporativismo, privilegios, lagunas en la vida social. He aquí por qué constituye un acierto afirmar que el Consejo Superior de la Judicatura ha de contener representantes del Parlamento que¡ lleven la voz de la mayoría y de las minorías, que sean testigos y bandera de las aspiraciones y garantías que necesita la sociedad. Que estos representantes no sean numéricamente dominantes es cosa que, hoy por hoy, faltos de entrenamiento puede ser defendida, debe ser defendida. Que el Gobierno no goce de doble representación -como mayoría parlamentaria y como Gobierno- es criterio sin duda razonable.

A esto llaman algunos «politización» de la justicia. ¡Curiosidades del lenguaje! Cuando se propugna la no politización, partidaria o corporativista, se alzan voces y se oye el crujir de vestiduras rasgadas en público. El depender de varios, ¿no concede más libertad que el depender de uno solo? ¿Se puede existir socialmente sin alguna dependencia?

4. A nadie es lícito alzarse con la representación de la justicia. La humildad nos dice que nuestro poder no tiene un origen democrático, que nuestra conducta puede ser limpia, pero que, al mismo tiempo, está sin juzgar. Un sentimiento de autocomplacencia puede inducirnos a creer que el pueblo está satisfecho de nuestro trabajo. Lo cierto es, sin embargo, que nada sabemos de la opinión de nuestros ciudadanos, porque la justicia no está en el mundo de lo enjuiciable, no se permite su crítica pública. Difícilmente recogemos el criterio de la sociedad porque no estamos en relación con ella, muy poco sabemos de sus aspiraciones, de sus necesidades: vivimos en un mundo prefabricado, de cristal o de periódicos, un mundo circunscrito a las limitadas posibilidades individuales de conocimiento, a la capa social a que pertenecemos o aspiramos.

Por eso, Justicia Democrática propuso un debate acerca de la justicia en una sociedad en camino hacia la democracia. Que ya vayan apareciendo trabajos y comentarios sobre el tema es prueba de que ha sido aceptada y oportuna la propuesta. Pero será justo que nadie pretenda hablar en nombre de todos, porque cada uno puede ya hablar por sí mismo, a menos que prefiera conceder a otro su representación. El debate ha de autorizar a todos a decir su opinión aunque discrepe de la ajena, pero sin crispaciones, ni claras o veladas frases acusatorias personales.

Ya son otros tiempos, otras las palabras, otras las maneras.

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