Hernández Gil consulta a once partidos las normas para la puesta en marcha de las Cortes
Ni Dolores Ibárruri ni cualquier otro diputado o senador de edad avanzada tendrán oportunidad de presidir la sesión inicial del Congreso o del Senado, según la normativa provisoria proyectada por el presidente de las Cortes, Antonio Hernández Gil, y dada a conocer ayer a los representantes de once partidos, en la que las presidencias se otorgan a quienes antes presenten su credencial en las Cortes. La entrevista fue cordial y en ella nadie planteó temas personales especiales. Fuentes de la Oposición detectaron en el señor Hernández Gil un evidente deseo de escrupulosidad jurídica en la elaboración de las citadas normas, que se darán a conocer en las próximas horas y que constan de once artículos.
Las normas establecidas y a punto de ser promulgadas -la Oposición obtendrá una fotocopia de ellas antes de que se hagan públicas- mantienen el criterio de que la presidencia inicial de cada una de las Cámaras corresponderá al diputado y al senador que, respectivamente, presenten antes su credencial en la secretaría de las Cortes, siempre que en el momento de ser llamados se encuentren presentes.Así se designará el primer presidente del Congreso de Diputados y del Senado, quienes, asistidos respectivamente de dos letrados, darán comienzo a la actividad de cada una de las Cámaras, hacia el 5 de julio, aproximadamente. Los letrados darán lectura a la relación de parlamentarios, con lo que se celebrarán sendas juntas preparatorias, a continuación de las cuales, se constituirán las mesas de edad, con el mismo presidente de la junta provisionalísima. En las mesas de edad serán vicepresidentes los dos diputados y senadores, en cada caso, de mayor edad, y secretarios los dos parlamentarios que en cada una de las Cámaras sean de menor edad.
A partir de este momento, y bajo la presidencia de las mesas de edad, ambas Cámaras procederán a la elección de las mesas interinas, que es muy probable que pasen a definitivas una vez que se conozcan las resoluciones del Tribunal Supremo respecto a los recursos electorales presentados, si ninguna de tales resoluciones afecta a los elegidos.
Para cada una de tales mesas interinas -del Congreso y del Senado- se elegirá un presidente, dos vicepresidente y cuatro secretarios. No se presentarán candidatos para ninguno de los puestos citados y el sistema de votación será restringido: en la papeleta de votación se incluirá el nombre de un presidente (para elegir uno); un vicepresidente (para elegir dos), y dos secretarios (para elegir cuatro).
Además de estas normas indispensables para iniciar el rodaje de ambas nuevas Cámaras, están en preparación otras que afectarán a la elección de los consejeros del Reino, comisión que sustituye a la actual de competencia legislativa, y otras, todas ellas de acuerdo con la disposición transitoria tercera de la ley de Reforma Política: «Desde la constitución de las nuevas Cortes y hasta que cada Cámara establezca su propio Reglamento, se regirán por el de las actuales Cortes en lo que no esté en contradicción con la presente ley, sin perjuicio de la facultad de acordar de un modo inmediato, las modificaciones parciales que resulten necesarias o se estimen convenientes.»
Por lo demás, el presidente de las Cortes precisó que su propósito es crear más el aparato formal que el contenido de las normas para echar a andar ambas Cámaras. Con un criterio de gran escrupulosidad jurídica, el señor Hernández Gil calificó las normas en elaboración de provisorias, término que implica un carácter más perentorio que el de provisionales. Según su definición textual de las normas citadas, se trata de «la instrumentalización jurídica del mínimo regulador provisorio e indispensable para la reunión, apertura y puesta en funcionamiento de las Cámaras».
Las reuniones iniciales del Congreso y del Senado serán, así como la sesión solemne de constitución de las Cortes, fijadas por real decreto.
Cortesía con los partidos
La reunión celebrada por el presidente de las Cortes con once representantes de partidos políticos fue la primera de las que continuarán probablemente a finales de la semana actual o de la próxima.
Los primeros en llegar al palacio de la carrera de San Jerónimo fueron Ignacio Gallego, del Partido Comunista de España, y Jordi Solé Turá, del Partido Socialista Unificado de Cataluña. Más tarde llegó Joaquín Satrústegui, de la Alianza Liberal, y después Rodolfo Guerra, del Partido Socialista de Cataluña; Macía Alavedra del Pacte Democratic per Catalunya; Raul Morodo, del Partido Socialista Popular; José Pedro Pérez Llorca, de la Unión de Centro Democrático; Manuel Fraga, de Alianza Popular; Xabier Arzallus, del Partido Nacionalista Vasco; Alfonso Guerra, del Partido Socialista Obrero Español, y Antón Canyellas, de la Democracia Cristiana de Cataluña.
Al comienzo de la reunión de los once representantes de los partidos presentes en las Cortes, sobre un total de quince que habían sido citados con el presidente de éstas y que duró más de una hora, Antonio Hernández Gil les manifestó que se trataba de un acto de cortesía parlamentaria, y agradeció sinceramente su presencia. Seguidamente, les dio cuenta de cómo se instrumentará jurídicamente la puesta en marcha de las Cámaras, de acuerdo con los siguientes criterios: la potestad reglamentaria, incluida la provisional, corresponde al Congreso y al Senado; las normas en preparación tienden solamente a obtener un mínimo regulador, provisorio e in dispensable, para que las Cámaras lleguen a la fase de constitución sobre la base, en lo esencial, de lo que las propias Cámaras decidan, y, por último, los vacíos se cubrirán mediante la «interpretación integradora» de las normas vigentes, empleando los elementos interpretativos previstos en los artículos 3 y 4 del Código Civil y, concretamente, teniendo en cuenta los antecedentes históricos desde el reglamento de 4 de mayo de 1847.
El señor Hernández Gil declaró que sólo cabía que tales fórmulas emanaran del Gobierno o del presidente de las Cortes, de acuerdo con las facultades que le confiere el Reglamento de las actuales Cortes de fecha 15 de noviembre de 1971, al que se remite la ley de Reforma Política. En opinión del presidente de las Cortes, «ha parecido preferible esto último por su origen o carácter parlamentario y porque las limitaciones son mayores, ya que el presidente sólo puede interpretar, integrar y suplir sin que le sea dado crear completamente ex novo».
El señor Hernández Gil declaró que la reunión fue no sólo correcta, sino cordial. La anécdota destacada por algunos de los asistentes fue que Fraga aludió a los nuevos parlamentarios con la vieja denominación de procuradores.
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