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Reportaje:

¿De verdad es tan peligroso mi neceser?

Los expertos consideran inútil e ilegal la normativa europea sobre seguridad en los aeropuertos - Varias iniciativas políticas y jurídicas pretenden revocarla, lo que podría suceder en otoño

David Raya, barcelonés de 28 años, suele viajar con una maleta llena de medicamentos. En total, suman más de un litro. Para él son vitales porque padece fibrosis quística y diabetes y puede necesitarlos en cuestión de segundos. Le permiten sobrevivir a unas enfermedades "muy rebeldes". El problema llega cuando tiene que cruzar los controles de los aeropuertos. La normativa europea es muy restrictiva con los líquidos. Hace quince días, en Lisboa, le volvió a pasar. Le abrieron la maleta, se la revolvieron y le obligaron a justificar todo aquel despliegue de fármacos. "Y así hasta que pedí que viniera la policía y les enseñé el informe médico. Pero, ¿por qué tiene que saber todo el mundo que estoy enfermo?", se pregunta Raya.

El reglamento sobre el equipaje de mano fue declarado secreto
El artículo 254 del Tratado de la UE obliga a publicar todas las disposiciones
"Se pueden montar bombas con menos de 100 mililitros", señala un perito
"El alcohol que hay a bordo también es peligroso, dice un criminólogo"
¿Se puede obligar a los ciudadanos a cumplir una ley que no conocen?
"El secretismo se opone al Estado de derecho", subraya un catedrático
Más información
El Tribunal de la UE critica a Bruselas por no publicar los objetos prohibidos en los aviones

Su caso es extremo, pero, como él, millones de pasajeros en toda la Unión Europea tienen que enfrentarse a registros similares para poder embarcar. Que si tiene usted que descalzarse. Que si desabróchese el cinturón. Que si saque el portátil del estuche. Que si tiene que dejar aquí ese botellín de agua. La lista es muy larga y no tiene justificación aparente.

Lo que muchos afectados quizá no saben es que disponen de motivos suficientes para quejarse de la normativa que ampara semejantes excesos. Se trata del controvertido reglamento 1.546 de 2006. Consiste en un único anexo que, entre otros puntos, prohíbe llevar líquidos en envases de más de 100 mililitros, y que sorprendentemente es secreto. Los expertos sostienen que no sólo es inútil para garantizar la seguridad sino que, sobre todo, es ilegal. Al ser confidencial, vulnera el artículo 254 del Tratado de la Unión, que obliga a publicar todas las normas en el Diario oficial de las comunidades europeas. Incluso la propia titular de Fomento (ministerio del que dependen los aeropuertos), Magdalena Álvarez, ha reconocido recientemente en el Congreso que no le gusta.

El reglamento seguirá incomodándonos el resto del verano pero puede que al volver de vacaciones pase a mejor vida. Son varias las acciones políticas y judiciales que se han emprendido para que sea retirado y que previsiblemente serán respondidas en otoño.

Al cruzar los controles, quien más quien menos se habrá preguntado alguna vez: ¿sirven para algo estos controles? Los expertos lo tienen claro. "Las medidas instauradas por el reglamento 1546 son completamente inútiles. No han mejorado en nada la seguridad en las aeronaves ni en los aeropuertos", señala desde París Christophe Naudin, investigador del departamento de Amenazas criminales contemporáneas de la Universidad París 2 y autor del ensayo La sûreté aérienne. Naudin sabe de lo que habla. Él mismo ha grabado reportajes para la televisión pública francesa en los que muestra cómo ha conseguido colar a bordo cutters y artefactos explosivos simulados. Sostiene que limitar los líquidos a envases de 100 mililitros no sirve para nada porque con cantidades menores e indetectables en los escáners se puede fabricar un artefacto químico que afecte a toda la cabina.

Pone un ejemplo José Luis García Fierro, químico y profesor de investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC): "La peroxiacetona se puede fabricar muy fácilmente con cantidades del orden de 50 mililitros de tres componentes: agua oxigenada, acetona y un ácido". Con una pequeña chispa, añade, el compuesto entraría en combustión y la onda podría romper los cristales.

Eso por no hablar del peligro potencial de las bebidas alcohólicas que se sirven durante el vuelo. "Quitarles las botellas de agua a los pasajeros con el pretexto de que los líquidos pueden ser explosivos es absurdo, cuando es tan fácil armar un cóctel molótov con el alcohol que se vende a bordo", critica Naudin. "El fuego en un avión en vuelo es tan peligroso como una explosión" -advierte-; "una organización criminal podría iniciar varios fuegos al mismo tiempo en una aeronave, lo que dejaría a la tripulación sin capacidad para combatirlos al mismo tiempo", advierte el experto francés.

El criminólogo añade que lo único que ha conseguido el reglamento ha sido generar ansiedad entre los pasajeros. Naudin se opone al texto porque colisiona con el Estado de Derecho al soslayar la presunción de inocencia. Opina que estas medidas consideran al pasajero como "un terrorista o un delincuente en potencia" que tiene que demostrar que es inocente.

El reglamento, considerado un desatino por los expertos en Derecho, fue redactado y aprobado por la Comisión Europea en un santiamén. Todo empezó en agosto de 2006, cuando Reino Unido desbarató una supuesta trama para hacer estallar con líquidos explosivos varios aviones con destino a Norteamérica. Londres aplicó entonces una serie de medidas restrictivas con los líquidos y envió un informe a la Comisión. Allí, el Comité de Seguridad de la Aviación Civil, integrado por expertos de los 25 Estados miembros, se reunió a puerta cerrada el 27 de septiembre de 2006 para debatir la revisión de la seguridad y adoptó las medidas británicas. Sólo se opusieron tres países: Italia, Irlanda y República Checa, que lo consideraron "desproporcionado".

En cuestión de diez días, la Comisión ratificó el reglamento sin consultarlo con el Parlamento y lo convirtió en ley para toda la Unión. El texto tiene un único artículo que ordena aplicar las normas del anexo, donde se detalla lo que no pueden embarcar los pasajeros. Su contenido fue declarado secreto y nunca ha sido publicado de manera oficial, aunque ha sido divulgado por varios medios de comunicación. La Comisión justifica que la normativa ha de ser confidencial para no dar pistas a presuntos terroristas. Hay otras explicaciones. "Si unas normas tan absurdas fueran públicas, el pitorreo general impediría aplicarlas", opina al teléfono desde Nueva York Joan J. Queralt, catedrático de Derecho penal de la Universidad de Barcelona.

No está muy claro, sin embargo, cómo se puede cumplir una normativa que nadie conoce. Ni los pasajeros ni los propios vigilantes de seguridad y guardias civiles. Este secretismo, según los expertos, vulnera derechos del ciudadano. "Es contrario al Estado de derecho", subraya Juan José Solozábal, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid. "El ciudadano tiene que saber lo que no puede hacer. La publicación de las normas es fundamental para que éstas puedan cumplirse", precisa.

El desconocimiento de la norma puede perjudicar gravemente a los enfermos. Es el caso de David Carlos Zapata Garnica, un enfermo terminal de cáncer. La compañía aérea con la que quería regresar a Bolivia le prohibió volar. Alegaba que la botella de oxígeno que necesita para respirar suponía "un problema de seguridad" para el vuelo. Se amparaban en la normativa, aunque el texto estipula que los líquidos para "necesidades médicas" pueden embarcarse.

Tampoco conocía la normativa al austriaco Gottfried Heinrich, cuando en 2005 le obligaron a bajar de un avión porque había embarcado con raquetas de tenis. Había vulnerado una norma que ignoraba porque, como el reglamento de 2006, era secreta. Son muchos los que consideran esta situación un despropósito. El mayor varapalo ha llegado de la mano de la británica Eleanor Sharpston, abogada general del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE). A raíz del caso de Heinrich, ha concluido que el reglamento es jurídicamente "inválido" y que por su carácter secreto debería ser declarado "inexistente". Aunque su dictamen no es vinculante, el Tribunal de Justicia europeo suele ratificar casi siempre las conclusiones del ponente o relator. La decisión del Tribunal se espera para otoño.

Está por ver qué llegará antes. Si el pronunciamiento del Tribunal o la marcha atrás de la propia Comisión. El comisario de Transportes que aprobó el texto, Jacques Barrot, anunció el pasado abril, antes de dejar el cargo, que se revisaría el texto para simplificarlo y eliminar algunas obligaciones redundantes. Así lo afirmó en una carta enviada al presidente de la Comisión de Transportes del Parlamento, Paolo Costa. El sucesor de Barrot, Antonio Tajani, ha heredado el compromiso de acometer la revisión.

El objetivo, señaló Barrot en la misiva, sería acabar con las restricciones al transporte de líquidos en el equipaje de mano. Y añadía que habría que aplicar cada vez más la tecnología. El eurodiputado liberal Ignasi Guardans (Convergència i Unió), acostumbrado a recorrer los aeropuertos europeos, cuenta que, en el de Bruselas, los pasajeros no tienen que quitarse los zapatos. Una máquina especial les revisa el calzado. La aplicación de tecnología nueva "depende de lo que se quieran gastar los aeropuertos", señala el europarlamentario.

Su propósito se añade a la promesa de la Comisión de publicar el anexo. Su representante, Marion Knoben, aseguró que se publicarían las reglas en el diario oficial tras escuchar la queja de David Raya, enfermo de fibrosis quística y diabetes. El pasado mayo tuvo cinco minutos para exponer ante la cámara su calvario para poder pasar las medicinas en los controles. Knoben, eso sí, no fijó la fecha de publicación. "Seguramente lo harán en septiembre u octubre", avanza Raya desde Barcelona.

A su protesta se han sumado algunos blogs, como nosinzapatos.com, que recoge testimonios de pasajeros cabreados. Como el de una usuaria a la que le impidieron embarcar un tubo de 100 mililitros de jabón facial. ¿La razón? Lo llevaba en el neceser transparente de la maleta en vez de la bolsa de plástico que prescribe la normativa.

Las quejas ya han llegado a algunos Parlamentos nacionales, como el español, donde varios diputados, como Joan Herrera, de Iniciativa per Catalunya, y Josep Antoni Duran Lleida, de CiU, han pedido explicaciones a Fomento en el Congreso. El Ministerio tendrá que responder tras el verano.

El secretismo causa otra molestia a los pasajeros: la arbitrariedad. La norma se aplica de manera diferente en cada país e incluso en cada aeropuerto. Así se dan casos como el de la ensaimada rellena de crema que puede volar de Mallorca a Berlín, pero no de Berlín a París. En otros países la polémica la han protagonizado el foie y el queso cremoso.

Como el anexo es secreto, los vigilantes de seguridad y guardias civiles sólo tienen como referencia las instrucciones genéricas que la UE distribuyó entre las autoridades de los países miembros. Su margen de aplicación es, por tanto, muy amplio y a veces provoca situaciones totalmente injustificadas. Como la de obligar al pasajero a descalzarse antes de pasar por el arco o la de impedirle que embarque una botella de agua vacía o una lata de refresco.

"Es como si los criterios de la prueba de alcoholemia fueran secretos. Dependería de cada policía", critica Guardans, que lleva meses batallando contra los reglamentos secretos. La desprotección jurídica es flagrante, ya que el pasajero no puede defenderse. No hay ningún documento oficial que se pueda esgrimir ante los vigilantes de seguridad.

¿Cómo se resuelve la paradoja de que alguien que tiene que hacer cumplir una norma no la haya leído nunca? El Ministerio de Fomento, la autoridad de la que dependen los aeropuertos, rehúsa explicar esta aparente contradicción. Aduce que es un asunto de seguridad y que por tanto compete a Interior. "Es una normativa secreta pero no para quien la tiene que hacer cumplir", asegura una portavoz de este ministerio.

"Los guardias civiles [responsables de los controles] instruyen a los vigilantes de seguridad, que en caso de duda les preguntan". Guardans discrepa. "Es mentira que sea competencia de Interior por tratarse de un tema de seguridad. El reglamento lo aprobó un Comité de Seguridad Aérea de Aviación Civil y en este comité había un representante de Fomento".

¿Si todo el mundo parece estar de acuerdo en que el reglamento es inútil e ilegal, por qué no se retira? "Suprimir hoy una medida de seguridad sería reconocer que es estúpida e inadecuada", opina el criminólogo Naudin. Hay otras razones. Un experto del Gobierno que pide anonimato considera que, a pesar de que el reglamento vulnera algunos derechos, los miembros comunitarios lo aplican "porque a todos nos da miedo que ocurra algo en nuestro país".

La anulación del reglamento no supondrá el descontrol. Sólo se volverá a la normativa de 2006, la que "todos conocemos, que prohíbe viajar con tijeras, objetos contundentes, etcétera", según precisa el parlamentario Guardans. "España en materia de aeropuertos es como España en materia de aceite de oliva. Nos toca decir algo sobre este tema", concluye.

Viajar con artículos de higiene y limpieza se ha convertido en un engorro en los controles de los aeropuertos.
Viajar con artículos de higiene y limpieza se ha convertido en un engorro en los controles de los aeropuertos.BERNARDO PÉREZ

Las normas que la Comisión oculta

- Un anexo "secreto"

La causa de los molestos controles de los aeropuertos reside en un texto de folio y medio. Es el anexo del reglamento 1.546 sobre seguridad aérea de 2006. Contiene la lista de artículos prohibidos en el equipaje de mano. En teoría es secreto, pero se conoce desde que lo divulgaron varios medios. La lista, que aún no ha sido publicada oficialmente, casi no aporta más detalles que los folletos informativos.

- Líquidos

Sólo podrán embarcarse en recipientes que no superen los 100 mililitros y vayan en una bolsa de plástico transparente de capacidad no superior a un litro. Se incluyen "gel, pastas, lociones" y "pasta de dientes, gomina, bebidas, sopas, jarabes, perfume, espuma de afeitar, aerosoles".

- Exenciones

Se podrán embarcar, previa justificación, los líquidos que sean "para ser utilizados durante el vuelo", por "necesidades médicas" o "dietas especiales". También los que hayan sido comprados "en la zona restringida de seguridad", a bordo del avión y en otros aeropuertos comunitarios (empaquetados y con prueba de compra).

- Portátiles y abrigos

No podrán embarcarse las piezas de equipaje de más de 56 - 45 - 25 centímetros (excepto las que sean "frágiles" o valiosos). "Los ordenadores portátiles y otros artículos eléctricos grandes" serán revisados fuera del equipaje. Los abrigos y chaquetas también serán examinados como piezas aparte.

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