La ley del aborto: una reforma necesaria
Estos días "turbios" bien podrían llegar a confundirse con aquellos otros de 1985 cuando, recién aprobada la ley del aborto, los grupos más reaccionarios cuestionaban los derechos de las mujeres enjuiciando la difícil situación que supone un embarazo no deseado. Hoy podemos decir que las perspectivas "miopes" y los intereses partidarios de entonces persisten y de nuevo las mujeres son víctimas de registros políticos, acoso, difamación, actividades ilícitas... De nuevo la ambigüedad y las limitaciones de la ley del aborto permiten que los requisitos formales, los dictámenes preceptivos, sobre todo los psiquiátricos, vuelvan a ser más importantes que los auténticos motivos de las mujeres para interrumpir su gestación. En definitiva, con la actual ley, la mujer es la última en decidir sobre la interrupción de su propio embarazo.
La inseguridad planea sobre los profesionales, cuyos dictámenes son puestos en tela de juicio
Como una espada de Damocles, la inseguridad jurídica planea sobre las mujeres y sobre los profesionales de las clínicas acreditadas para la interrupción del embarazo, especialmente sobre los psiquiatras, cuyos dictámenes profesionales son puestos en tela de juicio por personas sin formación médica. Nuevamente tenemos que ver cómo algunas Administraciones se afanan por extender las sospechas de supuestas irregularidades sobre todos, esforzándose por encontrar alguna deficiencia administrativa o formal irrelevante que justifique acusaciones graves contra los profesionales que cubren una obligación de nuestro Sistema Nacional de Salud: la de facilitar el recurso al aborto a más de 90.000 mujeres al año.
Pese a que el PSOE lleva años abordando la legislación sobre el aborto, parece que ahora el partido en el Gobierno considera necesario volver a plantear el debate desde el principio. "Nuevamente" nos ofrecemos a colaborar, ya que quienes hemos dado un servicio excelente a miles de mujeres, no sólo sanitario y técnico, sino con calidad humana, somos una de las voces más autorizadas para ahondar en este diálogo. Para la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo cualquier reforma debería superar los obstáculos identificados durante estos más de 20 años y adecuarse a la evolución de la sociedad.
Lo que podría aunar legislación y realidad social sería una ley de plazos hasta más allá de la semana 12 de gestación, como en Suecia, donde la mujer puede abortar libremente, sin supuestos, hasta la semana 18; o como en Holanda, donde puede hacerlo hasta la semana 24. Es en Holanda precisamente donde menos abortos se registran, tal vez porque este recurso se acompaña de medidas educativas y preventivas adecuadas a su realidad social. En correspondencia con una ley de plazos, consideramos que el aborto debe ser contemplado como un derecho sexual y reproductivo básico, saliendo por tanto del Código Penal, salvo que dicha intervención sea realizada en contra de la voluntad de la mujer.
Asimismo, desde ACAI consideramos que en ningún caso procede restringir los supuestos en los que la legislación actual permite el aborto en el segundo trimestre (malformación, peligro para la salud física y psíquica de la madre), ya que ello podría dejar sin cobertura a un pequeño, pero complicado, porcentaje de casos referentes a diagnósticos tardíos, conflictos graves de orden económico-social (el llamado cuarto supuesto), usuarias de drogas, inmigrantes o menores muy jóvenes que por desconocimiento o descuido acuden a las clínicas muy tardíamente. Con relación al aborto eugenésico (malformaciones incompatibles con la vida o contrarias a la dignidad humana) consideramos necesario que en algunos casos se amplíe el plazo más allá de las 22 semanas.
No cabe duda de que una de las mayores cargas emocionales para la mujer es la exposición de su intimidad a la observación de distintos profesionales, por lo que pedimos que la nueva ley contemple la posibilidad de reducir los dictámenes médicos en el caso de malformación a un único informe, siempre que éste sea suficientemente claro. Otra de las lacras que arrastra la ley son las desigualdades autonómicas en el acceso a los servicios de interrupción del embarazo. La nueva legislación debe garantizar que sea una prestación sanitaria gratuita para todas las mujeres, independientemente de su lugar de residencia. Los más de 20 años de profesionalidad y experiencia nos permiten afirmar que un sistema de conciertos con las clínicas acreditadas puede ser una buena fórmula para lograr la universalidad de esta prestación.
Por otra parte, es obvio que en muchos casos la ambigüedad de esta ley es la que ha propiciado la objeción de conciencia de no pocos profesionales, por lo que la concreción necesaria evitaría el absentismo de muchos médicos que temen verse inmersos en unas prácticas sanitarias inseguras jurídicamente. En dicha ley debería regularse asimismo los términos en que los profesionales pueden acogerse a ese derecho legítimo. La nueva legislación debe ir acompañada además de medidas complementarias, ya que el aborto no es sino un elemento más de la salud sexual y reproductiva. Es imprescindible retomar con seriedad y rigor la educación sexual en la infancia y la adolescencia, incluyendo esta materia como asignatura curricular del sistema educativo, aplicar medidas específicas para el colectivo de inmigrantes y potenciar la creación de centros de planificación familiar que alcancen a todos los estratos de población.
Como siempre hemos afirmado, el aborto es un derecho fundamental que requiere del consenso de todos para que las mujeres puedan ejercerlo en libertad y por voluntad propia. Los profesionales sanitarios estamos dispuestos a poner al servicio de los legisladores nuestros conocimientos y experiencia. De ellos se pide voluntad política para avanzar en pro de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
Eva Rodríguez Armario es presidenta de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI).
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