Freno de deuda contra eurobonos
La propuesta de modificación constitucional sobre el freno al endeudamiento plantea debates de fondo en nuestra sociedad. Por un lado, se trata de introducir en nuestra Constitución una norma vigente desde el Tratado de Maastricht en el marco de la Unión Económica y Monetaria en la que vivimos desde hace casi 20 años. Por otro, plantea dos cuestiones esenciales para el futuro del Estado social de derecho consagrado en nuestra Constitución: la solidaridad intergeneracional y la sostenibilidad del modelo de desarrollo económico. Ambos principios, no recogidos explícitamente en nuestra Carta Magna, pero sí incorporados en nuestro derecho a través del artículo 3º del Tratado de Lisboa. Responden al principio de que "la tierra nos pertenece en usufructo" por decirlo con Jefferson, y no tenemos derecho a endosar deudas a las generaciones futuras para mantener nuestro gasto y despilfarro presente.
Si hemos sido capaces de hacer una moneda cosoberana, es lógico que vayamos a una deuda cosoberana
El debate es, pues, oportuno y conveniente, otra cosa es que haya que evacuarlo como un trámite que se cumple sellando en el registro. Curiosamente, la experiencia demuestra que el pánico hispano a modificar la Constitución solo se ha vencido una vez en relación con Europa para conceder el derecho de sufragio a los europeos residentes en España.
El argumento más mentado sobre la necesidad de la reforma es que se trata de una imposición del tándem franco-alemán. En realidad, es fruto de los acuerdos negociados en Maastricht. De hecho, la propuesta pública Sarkozy-Merkel supone un propósito de la enmienda de estos grandes socios, que cambiaron las reglas del juego del Pacto de Estabilidad en 2004 para no ser sancionados. Después, ha venido la crisis y la necesidad de reforzar sustancialmente la gobernanza económica y no solo la monetaria. El paquete legislativo sobre supervisión, regulación de fondos de riesgo, agencias, va saliendo adelante. En otros terrenos, las cosas no están tan claras, como ocurre con el compromiso de hacer el test de stress de la banca, el sector con mayor riesgo en la economía europea, llama la atención que ni la mitad de la banca alemana se presente al examen y el banco público que temía suspender se retira antes del mismo. Este caso demuestra que no es lo mismo la manufactura que la finanza. Como un humorista ha comentado, la única inversión especulativa en la que no ha entrado la banca alemana es la pirámide de Madoff.
Alemania incorporó el freno o límite de la deuda a su Ley Fundamental en 2009, tras un debate iniciado por una comisión multipartidista tipo ponencia de Toledo en el Bundestag iniciada en 2005 por 105 diputados. La modificación abarcó al capítulo de la gestión presupuestaria de la "Federación y los Länder" que incluye los artículos que van del 109 al 115 y ocupa cuatro páginas de criterios, excepciones y modulaciones, con referencia explícita al reparto de las sanciones impuestas por la UE. Al final, en el artículo 115 se fija como límite el 035% del PIB, que no es más que una traslación de los criterios de Maastricht (3% de déficit presupuestario sobre el PIB y 60% de endeudamiento, calculados a partir de la media de los 12 socios entonces), con una cláusula de que "en casos de situaciones de emergencia inusual dañina para la capacidad del Estado, dichos créditos pueden excederlo sobre la base de una decisión por mayoría de los miembros del Bundestag. Complementado con un plan de amortización para su pago en un periodo apropiado de tiempo". En nuestra Carta Magna, la deuda pública merecía hasta ahora solo siete líneas en un artículo 135 de concepción decimonónica en un Estado ni siquiera preautonómico. El nuevo, se ha inspirado en el fondo del texto alemán, no en la forma de gestarlo.
La conclusión es que se trata de una cuestión que afecta a nuestra concepción del Estado de bienestar, así como a nuestra responsabilidad con las generaciones futuras. El momento es oportuno para un gran debate electoral con los ciudadanos, pero no para resolver atropelladamente. Menos aún, poniendo como única norma el déficit 0 sin más, procíclica propuesta desesperada del manirroto para que le aten las manos. Por ello, hubiera tenido sentido un referéndum para lograr el apoyo de los ciudadanos, así como un amplio acuerdo parlamentario para constituir una ponencia tipo Pacto de Toledo que pueda con tiempo y debate, ordenar esta cuestión en un Estado autonómico pionero en la UE.
Mientras tanto, podemos dar un decisivo paso constructivo de cara a la Unión Europea. La otra dimensión de este debate es la mutualización de la deuda, es decir, la emisión de eurobonos, un refuerzo necesario y arma de disuasión letal frente a la especulación. Teniendo en cuenta que nuestro nivel de endeudamiento es inferior aun hoy en 20% en relación con el francés o el alemán, podemos proponer con economistas, comisarios, europarlamentarios e incluso gente sensata debatir conjuntamente el freno a la deuda con los eurobonos.
Si hemos sido capaces de hacer una moneda compartida o cosoberana, lo lógico es que vayamos a una deuda cosoberana, al menos hasta el límite del 60%.
Enrique Barón Crespo fue presidente del Parlamento Europeo.
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