Si Groucho viviera...
La justicia ordinaria también habría absuelto al ciclista Alberto Contador
¿Se imagina que las víctimas del síndrome tóxico -unos 600 muertos y 25.000 afectados por ingestión de aceite de colza contaminado en 1981-, en lugar de ser indemnizadas hubieran sido condenadas por la Audiencia Nacional?
Pero ¿por qué?, se preguntarán. Porque eran responsables de las sustancias que se encontraran en sus cuerpos y por tanto de la ingesta contaminada, aunque no supieran que lo estaba.
Esa sería la consecuencia grotesca de aplicar la normativa antidopaje de la justicia deportiva a la justicia ordinaria.
La lucha contra los tramposos en el deporte es muy necesaria, pero se ha convertido en una especie de macartismo, en la que, en aras de la eficacia, hay momentos en los que se recurre a métodos de dudosa legalidad -o de abierta ilegalidad como en el caso del Comité Olímpico Italiano (CONI) para obtener pruebas contra Alejandro Valverde, finalmente sancionado-, y en la que en ocasiones pagan justos por pecadores. Muchos menos justos que pecadores, es cierto, pero el precio de esa persecución es a veces muy alto, arruinando la vida y reputación de un inocente.
Pero si el objetivo de las normas es el descubrimiento y la persecución de los que hacen trampas y tratan de mejorar su rendimiento deportivo por métodos prohibidos, no parece ser el caso de Contador, probablemente la persona que se sometió a más controles antidopaje el año pasado en todo el mundo.
El positivo por clembuterol durante una etapa del Tour arroja sombras de sospechas sobre su comportamiento y es sancionable de acuerdo con el principio de responsabilidad objetiva -eres responsable de todas las sustancias que se encuentren en tu cuerpo independientemente de cómo hayan llegado a él-, admitido por los ciclistas para poder competir. Sin embargo, los laboratorios antidopaje han aclarado que una cantidad tan ínfima como 50 picogramos de clembuterol por mililitro de orina es irrelevante y no sirve de ayuda para subir mejor el Tourmalet. Por lo tanto, si así no se mejora el rendimiento es absurdo ingerirlo voluntariamente, lo que conlleva que Contador no quiso hacer trampas.
Pero en la justicia deportiva, a diferencia de la justicia ordinaria, por la mera presencia del clembuterol Contador ha tenido que intentar probar su inocencia, aunque no lo ha conseguido, entre otras cosas, porque era una prueba imposible. Él asegura que el origen de la sustancia prohibida en su orina es un solomillo comprado en Irún, pero el trozo de carne que supuestamente causó la contaminación no podía ser analizado, puesto que ya no existía porque, precisamente, se lo había comido.
En su lucha contra la sanción, el ciclista ha tratado de buscar otras piezas de carne que estuvieran contaminadas, con resultado negativo.
¿Pudo hacer algo para evitar que el clembuterol apareciera en su orina? Seguramente no. Ni siquiera los ciclistas van analizando los solomillos que se comen para prevenir los posibles positivos.
Ahora, el Comité de Competición de la Federación Española de Ciclismo, después de casi medio año de suspensión preventiva -¡toma pena anticipada!- le ha absuelto por aplicación del artículo 296 del reglamento de la Unión Ciclista Internacional (UCI), que establece que un deportista puede ser exonerado si demuestra que no hubo culpa ni negligencia al ingerir inadvertidamente un producto prohibido. No sería el primer caso, puesto que Dimitri Ovtcharov, deportista alemán en la modalidad de tenis de mesa, ya había sido absuelto por la federación de su país tras dar positivo por clembuterol en un torneo en China.
Y si Contador no intentó doparse ni fue negligente en su comportamiento, la justicia ordinaria le habría absuelto, máxime cuando en ella rige el principio in dubio pro reo, es decir, en la duda, se falla a favor del acusado.
La absolución es una buena noticia para el ciclismo, porque quizá Contador no sea un santo, pero ni se ha probado que sea un tramposo ni que quisiera hacer trampas. Sin embargo, algo que parece evidente no lo es tanto, ya que todos los especialistas esperan que la UCI o la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) recurran la decisión al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS). Y la UCI y la AMA, como ha narrado Carlos Arribas en este periódico, no siempre persiguen el interés de la ley o de la justicia, sino que se embarcan en luchas de poder y para ello resulta imprescindible colgarse medallas a costa de quien sea.
Decía Groucho Marx: "La justicia militar es a la justicia lo que la música militar es a la música". Es una lástima que su muerte en 1977 le impidiera apreciar las virtudes de la justicia deportiva. Hubiera sido muy interesante conocer su punto de vista.
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