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¿Cómo se cobrarán los 400 euros?

La aprobación de la medida ha generado algunas dudas sobre su funcionamiento, conozca aquí la respuesta a las preguntas más comunes

-El primer pago se realizará en la nómina de junio, aquella que se cobra a finales de este mes o principios de julio, y ascenderá a 200 euros, cifra correspondiente a los seis primeros meses del año, ya que la ayuda es retroactiva y tiene valor desde enero.

-Tras los 200 euros de junio, los 200 restantes se abonarán de forma proporcional cada mes a lo largo de la segunda mitad de 2008 y durante todos los meses del próximo 2009, lo que representa algo más de 33 euros al mes.

-Para tener derecho a la deducción es necesario ser asalariado, pensionista o autónomo y tributar en el IRPF, al menos, por 400 euros. Si la retención actual no es suficiente, la ayuda se aplicará en forma de deducción cuando se declare el impuesto el año que viene. En la misma línea, en el caso de no alcanzar retenciones por valor de 200 euros en el mes de junio, la diferencia hasta este máximo se sumará a los otros 200 euros, de forma que la cantidad resultante será la prorrateada durante los meses siguientes hasta el final del año.

-Las empresas y otros agentes retenedores contarán desde el miércoles 4 de junio con el nuevo programa de retenciones, en el que ya se incluyen los cálculos para la efectiva devolución de los 400 euros, según fuentes de Hacienda, que colgará en su web el documento, así como una nota informativa en la que se precisará cómo calcular la retenciones teniendo en cuenta la devolución. Además, las organizaciones empresariales podrán solicitar cuántas aclaraciones sean pertinentes a lo largo de los próximos 15 días.

-Según explican desde la Federación Nacional de Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), este colectivo, adscrito en su mayoría al sistema de retenciones por pago fraccionado -que se realiza cada trimestre-, deberá rebajar de la cantidad que paga a Hacienda en concepto de IRPF los primeros 200 euros en el próximo pago, que tendrá lugar en julio. El resto, dividido en sendos bloques de 100 euros, deberá deducirse de las retenciones a pagar en octubre y enero. Idéntico procedimiento que se deberá seguir en todo 2009.

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