La laboriosa lucha contra el absentismo escolar de los alumnos
La Junta calcula que sólo entre el 0,1% y el 0,2% de los alumnos faltan a clase
Hace unas semanas un juzgado de Córdoba condenó a unos padres a un año de cárcel para cada uno por no llevar a su hija al colegio. Este caso volvió a poner sobre la mesa un problema contra el que las administraciones llevan años luchando: el absentismo escolar. En la normativa de la Consejería de Educación se especifica que el absentismo se da cuando las faltas de asistencia sin justificar, al cabo de un mes, alcanzan un número equivalente al 25% de días lectivos o de horas de clase. Ello supone cinco días lectivos en Educación Primaria y 25 horas de clase en Educación Secundaria. El defensor del pueblo andaluz, José Chamizo, ha pedido al Gobierno andaluz que desarrolle un modelo educativo alternativo al reglado que, acompañado de un tratamiento terapéutico adecuado, se encamine a corregir el absentismo escolar en el colectivo adolescente de la comunidad, el sector poblacional "que más problemas sufre y genera en la actualidad".
El Defensor pide un modelo que incluya un tratamiento terapéutico
La Consejería de Educación está satisfecha con los resultados de su estrategia para atajar con este fenómeno. En noviembre y diciembre de 2008 calcula que sólo "entre el 0,1% y el 0,2%, o incluso menos, de la población escolar", obligada a ir a los centros, sufre una anomalía educativa similar. En Andalucía hay 1.297.147 alumnos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria (ESO) y Educación Especial. Con todo, fuentes de la Junta alertan de que cualquier tipo de medición en cifras es muy complicada, a causa de la volatilidad de los casos. "Debido al propio protocolo de actuación puesto en marcha, alguien que puede ser absentista un mes, al siguiente puede recuperarse y dejar de serlo", explican.
Los frentes de ataque organizados por los responsables educativos para terminar con el absentismo son diferentes, complejos, progresivos y, según las fuentes de la Consejería de Educación, bastante efectivos. La Junta ha invertido cerca de dos millones de euros para combatir los pupitres vacíos y ha firmado convenios con 116 entidades locales, 78 organizaciones sin ánimo de lucro. "Estas actuaciones están dando buen resultado, pues están previendo y casi erradicando el absentismo", afirman. La primera línea en el combate contra el fenómeno está en los propios centros educativos y en sus soldados de infantería: los maestros, profesores y resto de comunidad educativa. "Cuando se detecta un posible caso, los tutores informan a la familia -incluso antes de que se produzca el número límite de faltas-. Entonces, se establecen fórmulas de colaboración para estudiar el caso. Cada mes se elevan a la jefatura de estudios las incidencias y, si se confirma el caso de absentismo, se notifica por escrito a la familia, se cita a los representantes legales y se habla con los padres", explican en la Consejería. "El objetivo es tratar las posibles causas del problema y adoptar las medidas necesarias para solucionarlo".
Si la primera trinchera de actuación falla, el caso de absentismo pasa ya a un segundo nivel y se deriva el caso a los equipos técnicos de absentismo. Estos equipos dependen de cada una de las delegaciones provinciales de Educación e Igualdad y están compuestos por miembros de los equipos directivos de los centros de la zona, de los servicios sociales comunitarios o municipales y también pueden estar presentes miembros de los ayuntamientos o la Fiscalía de Menores. "Se reúnen una vez al mes. Estudian los casos. Si es necesario, lo ponen en conocimiento de los servicios sociales. Y son ellos los que vuelven a contactar con la familia. Se les asigna un seguimiento. Si persiste, que no es lo habitual, se pone en conocimiento de la Fiscalía. Pero la Junta, como tal, no puede denunciar", explican desde la Administración.
Y aquí llegamos al último escalón. El que trasciende lo meramente social y se adentra en lo punitivo. En materia judicial las cosas han cambiado, como recuerda la fiscal jefa de Granada, Ana Tárrago que, durante tres lustros lo fue de Menores. "Antes, la competencia era de los fiscales de menores. Cuando la Fiscalía tenía constancia de que los padres dejaban de prestar sus obligaciones inherentes a la patria potestad, el hecho era catalogado como falta en el Código Penal y se les podía condenar a un mes de arresto menor. Era una medida coercitiva", explica la fiscal. Pero esta falta desapareció del Código Penal y ahora son los juzgados de Instrucción los encargados de perseguir el delito de abandono de familia, que es el contemplado para el absentismo. "Es un delito de los padres. Por tanto, en Menores sólo se actúa si el absentismo esté unido a circunstancias más graves que afecten al niño". Las medidas punitivas las toman, por tanto, los juzgados de Instrucción. "Pero estas penas no suelen ir acompañadas de ninguna otra obligación de carácter social (ni prestaciones en beneficio de la comunidad, o asistencia de cursos...). Si la Fiscalía de Menores lo ve oportuno, trata de imponer medidas sociales con la delegación de Asuntos Sociales y de Educación", explica la fiscal. "Y sobre todo hay que dejar claro algo: la solución del absentismo escolar no está en el Código Penal".
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