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Así es la reforma para regular el trabajo de repartidores por aplicación en México

La iniciativa, que se votará en la Cámara de Diputados a mediados de diciembre, formaliza la relación laboral entre los repartidores y las plataformas digitales para dar prestaciones de ley a los trabajadores por aplicación

Repartidores de comida aplicación
Repartidores de comida rápida por aplicaciones de celular esperan pedidos, en Ciudad de México, en marzo de 2020.Mario Jasso (CUARTOSCURO)
Alejandro I. López

El Gobierno de Claudia Sheinbaum busca llenar el vacío legal en el que están inmersos más de medio millón de trabajadores en México que se dedican al reparto de alimentos y otros productos a través de aplicaciones móviles. Este miércoles, la Cámara de Diputados recibió una versión actualizada de la iniciativa para reformar la Ley Federal del Trabajo, una enmienda que pretende establecer las obligaciones de los empleadores y dotar de seguridad social a quienes reparten como su fuente principal de trabajo.

En México, el negocio que nació en la última década de la mano de las plataformas de servicios digitales y creció exponencialmente durante la pandemia, contempla unos 658.000 repartidores por aplicación, de los cuales cerca de 272.000 tienen ingresos equivalentes o superiores a un salario mensual y por lo tanto, se trata de su principal o única fuente de ingresos.

¿Cuál es la diferencia entre un trabajador de plataformas digitales y un trabajador independiente?

La propuesta de reforma define los actores y alcances del trabajo en plataformas digitales, y sobre todo, establece las obligaciones de los empleadores a partir de una división clave entre trabajadores de plataformas digitales y trabajadores independientes: de acuerdo con el proyecto de ley, un trabajador de plataformas digitales es aquel que dentro de una plataforma genera ingresos netos mensuales equivalentes a por lo menos un salario mínimo mensual, sin importar el tiempo efectivo de trabajo.

Tiempo de trabajo y desconexión

La propuesta hace énfasis en el carácter dinámico del trabajo en plataformas y especifica que será “primordialmente flexible y discontinuo”. El tiempo destinado a trabajar para la plataforma, una de las principales inquietudes de las asociaciones de la sociedad civil que temían que la reforma diera al traste con la flexibilidad de horarios, “será definido por la persona trabajadora”, que podrá conectarse y desconectarse sin horarios fijos y a discreción, detalla la iniciativa. La relación laboral terminará automáticamente si el trabajador no tiene actividad en la plataforma durante un periodo de 30 días.

IMSS, Infonavit y utilidades: las obligaciones de las plataformas

Las plataformas estarán obligadas a inscribir a los trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), realizar las aportaciones que marca la ley para el Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) e incluir en el salario el pago proporcional por día de descanso semanal, vacaciones y aguinaldo, además del derecho a participar en el reparto de utilidades de la empresa, siempre que superen las 288 horas anuales de tiempo efectivamente laborado durante el último año.

La iniciativa que se discutirá en la Cámara de Diputados la próxima semana también obliga a las aplicaciones a elaborar un documento que especifique cómo operan los algoritmos, una pieza clave en el mercado de reparto por aplicación. El documento deberá incluir detalles como las consecuencias de las calificaciones otorgadas por los clientes, los tiempos de espera, el acceso a bonos, las sanciones y todos los factores que puedan influir en la relación laboral.

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Sobre la firma

Alejandro I. López
Es editor SEO en EL PAÍS México y América. Antes en National Geographic en español, Architectural Digest y Muy Interesante. Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
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