La Corte Interamericana de Derechos Humanos sentencia a México por las “graves falencias” en la investigación de la muerte de Digna Ochoa
El tribunal observa que la investigación estuvo “sesgada por estereotipos de género” y que se “violó el plazo razonable” para realizar las pesquisas
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sentenciado que México es “responsable por las graves falencias ocurridas” durante las pesquisas por la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa, que fue hallada sin vida en su despacho de Ciudad de México con dos disparos en 2001. El tribunal ha determinado que hubo “numerosas falencias en el manejo de la escena del crimen” y que la investigación estuvo “sesgada, desde el principio, por la aplicación de estereotipos de género”. Además, ha concluido que México “violó el plazo razonable” para realizar las pesquisas y que “afectó el derecho a la honra y dignidad” de Ochoa. El Gobierno mexicano reconoció en abril la responsabilidad parcial del Estado en el caso.
Ochoa, que era abogada y trabajaba en el Centro ProDH en casos de alcance nacional e internacional, fue hallada muerta el 19 de octubre de 2001, cuando tenía 37 años. El ministerio público abrió entonces tres líneas de investigación, la primera de las cuales apuntaba a una “posible autoría militar”, pero ninguna obtuvo resultados. En 2003 las autoridades descartaron la hipótesis de homicidio y se inclinaron por la de un ”suicidio disimulado”, según consta en la sentencia difundida este jueves. Ninguno de los gobiernos de los últimos 20 años, desde el de Vicente Fox hasta el de Andrés Manuel López Obrador, supo dar una respuesta sobre lo sucedido ni reparar el daño a la familia.
El tribunal ha advertido que hubo “numerosas falencias en el manejo de la escena del crimen” y, especialmente, en la documentación elaborada. También ha observado “graves inconsistencias y contradicciones en la recolección de datos”. En particular, se lee en la sentencia, entre un dictamen de criminalística, el acta médica realizada tres horas más tarde de la muerte y el protocolo de necropsia, donde “no coincidía o había ausencias destacables” entre la lesión que presentaba Ochoa en la cabeza, el hematoma en el párpado superior derecho, las heridas por arma de fuego o el hematoma en el muslo derecho. El escrito señala además que “el Estado no tomó medidas adecuadas” para identificar a posibles testigos ni ofreció protección.
La Corte ha apuntado también que en la investigación se elaboraron peritajes psicológicos con base en estereotipos de género “que apelaban a aspectos íntimos y personales de la defensora”. “Todo ello con el objetivo de cuestionar su credibilidad”, dice la sentencia. Eso proyectó, según el escrito, la imagen de “una mujer poco creíble y exagerada” con “inestabilidad emocional”. Además, los dictámenes “invisibilizaron” el contexto en el que ocurrió la muerte y lo desvincularon de la defensa de derechos humanos, una actividad por la que en México han sido asesinados al menos 25 activistas en el último año.
Por último, la CIDH reconoce que “se trataba de un caso complejo”, aunque “esa naturaleza compleja no justificaba los largos períodos de inacción” durante el procedimiento. “Tratándose de una mujer defensora de derechos humanos, las autoridades judiciales tendrían que haber obrado con mayor diligencia y celeridad”, dice la sentencia. La Corte ha observado que la violación de derechos humanos de Ochoa “no se agotó en la deficiente investigación sino que tuvo continuidad y se vio exacerbada a través de un discurso” difundido por los agentes del Estado y “encaminado a denostar su imagen pública, polarizar a la sociedad mexicana y sustentar ante la opinión pública la versión del suicidio”.
La Cancillería, que admitió en abril que el Estado había violado el derecho a la honra y la dignidad de la activista, prometió que propondría a la familia reabrir el caso judicial en México. La Secretaría de Exteriores no ha respondido a este periódico sobre los avances de esa propuesta. En un comunicado, la dependencia se ha mostrado dispuesta a “resolver las falencias que pudieran existir” y ha asegurado que “estudiará con atención las disposiciones del tribunal”.
En la sentencia, la Corte ha ordenado al Estado “continuar las investigaciones que sean necesarias para determinar las circunstancias de la muerta” para “juzgar y eventualmente sancionar a la persona o personas responsables”, además de expresar públicamente el reconocimiento de la responsabilidad internacional de México en el caso. El tribunal también ha instado al Gobierno a fortalecer el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, entre otras medidas.
El tribunal ha indicado que la muerte de Ochoa “se inscribió dentro de un contexto generalizado de impunidad por los homicidios de defensoras y defensores de derechos humanos”. Hace dos décadas, el caso puso el ojo en la forma en que actuaba el Ejército, que comenzaba a acumular denuncias de violaciones a los derechos humanos. La activista y algunos de sus compañeros había recibido amenazas e intimidaciones por su trabajo en el Centro ProDH. Su seguridad, según determinó la Corte en aquel momento, esta en “grave riesgo” y la Comisión Interamericana llegó a pedir al Estado la adopción de medidas concretas para proteger a los miembros del Centro ProDH. “Este contexto de violencia contra personas defensoras de derechos humanos continúa en la actualidad”, se lee en la sentencia.
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