Guía sobre las ayudas del Gobierno por los estragos de la dana
El Gobierno ha aprobado un paquete de ayudas urgentes para los afectados por la dana. Estos son los requisitos para pedir las subvenciones:
Daños personales. En caso de fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente es prevista una indemnización de 72.000 euros.
- La cifra se otorgará por cada miembro fallecido de la unidad familiar y pueden pedirla los cónyuges, hijos o padres.
Pérdida de vivienda. Las cuantías máximas serán de hasta 60.480 euros por destrucción total de la vivienda habitual; 41.280 euros si los daños afectan a la estructura; 20.640 euros si no afectan la estructura y 10.320 euros para enseres domésticos esenciales.
- Solo se aplicará para la vivienda que constituye el domicilio de residencia continuada y permanente de la familia.
Ayudas a las empresas. Las compañías con una facturación inferior al millón de euros recibirán una ayuda de 10.000 euros. La ayuda sube de forma proporcional según la facturación de las empresas.
¿Y los autónomos? Recibirán un importe único de 5.000 euros. Es necesario que estuvieran registrados en el censo al 28 de octubre de 2024, y mantengan su alta hasta el 30 de junio de 2025.
Algunas medidas fiscales:
- Los afectados estarán exentos de pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de 2024.
- Además, las ayudas recibidas por daños personales estarán libres de IRPF. También se ha aplazado hasta 2025 el segundo pago del impuesto sobre la renta, cuyo plazo vencía el 5 de noviembre.
- También es previsto un incremento del 15% para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y pensiones no contributivas. Esta ayuda se recibirá de oficio, sin que las personas tengan que hacer ningún trámite.
© Foto: Emilio Morenatti (Associated Press)
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