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Un jefe de la unidad de élite antiyihadista de la policía, absuelto de acoso sexual a una agente

La juez no cree el testimonio de la funcionaria de la Unidad Central de Información Exterior de la Policía

Varios policías, en una operación antiyihadista en Bolaños de Calatrava (Ciudad Real), en una imagen de archivo.
Varios policías, en una operación antiyihadista en Bolaños de Calatrava (Ciudad Real), en una imagen de archivo.Beldad (EFE)
Miguel González

La misión del grupo, adscrito a la Unidad Central de Información Exterior de la Policía, era “captar información de presuntos delincuentes, en concreto relacionados con el terrorismo yihadista, en un entorno hostil”. Para ello, según la sentencia dictada el pasado 25 de mayo por un Juzgado de lo Penal de Madrid, los policías “trabajaban de paisano”, debían “desarrollar [una] personalidad paralela, camuflarse, ponerse pañuelo, aprender árabe. Acercarse a mezquitas”.

Su actividad se dividía en 10 días de viaje, 10 de vacaciones y 10 en la oficina, en Madrid. “En cada viaje iban dos personas y el grupo tenía un piso donde se alojaban los agentes con dos o tres habitaciones, [aunque él, el jefe de grupo] se quedaba en el hotel normalmente”. A lo largo de siete años, declaró el inspector jefe en el juicio, “coincidió en muchas ocasiones con la denunciante”, una agente de policía a sus órdenes. Y nunca, sostuvo el acusado, la “solicitó sexualmente”, ni realizó “tocamientos inconsentidos”, ni mantuvo “ningún tipo de relación sentimental” con ella.

La versión de la subordinada fue muy diferente: entre finales de 2015 y noviembre de 2018, fue acosada sexualmente por su superior “mediante tocamientos en sus pechos, poniendo su mano en los genitales del acusado […], abalanzándose sobre ella, proponiéndole mantener relaciones sexuales” o “abrazándola desde detrás de la silla de forma no profesional”. Al acoso sexual siguió el laboral, según ella, no apoyando su traslado al grupo de Policía Judicial, como había solicitado, asignándole los peores turnos o encomendándole tareas humillantes, como rellenar la nevera. En cambio, el acusado sostiene que “era ella quien le proponía salir a tomar algo después del trabajo, se le aproximaba o invadía su espacio vital. Le llamaba Jefis y le dispensaba un trato cariñoso”. Y cuando él opositó para inspector jefe, incluso le dijo: “Si apruebas me llevas contigo”, según declaró él.

La denunciante reconoce que la relación era cordial y que en dos de las tres ocasiones en que se sobrepasó con ella estaba ebrio. Al principio, intentó encauzar la relación “porque era un buen jefe” y tenía miedo a denunciarlo, ya que pensaba que “todo el mundo lo iba a proteger”. Según la agente, fue su superior quien le dijo que podía ayudarla a entrar en la Policía Judicial y, cuando le denegaron el traslado, la noticia la superó y discutió con él. Según ella, su jefe “fanfarroneaba [alardeando] de que cuando [él] quisiera entraba en el grupo [de Policía Judicial] y se aferró a eso”. Reconoce que le culpó por no haber movido los hilos para ayudarla, pero niega que le amenazara con denunciarle. “Lo que más dolor le causaba”, dijo en el juicio, “era que no le hablara porque no accedía a sus peticiones sexuales. No se creía que le estuviera pasando esto. Ella tenía pasión por su trabajo”.

Cuando la agente presentó un parte disciplinario contra el jefe, sus compañeros cerraron filas con él y se volvieron en su contra, según ella. Dejaron de hablarle y la excluyeron del grupo. En el juicio, en el que declararon varios policías de la unidad de información de Melilla, todos aseguraron que no habían presenciado ninguna “actitud libidinosa” en el acusado y varios apostillaron que la denunciante tenía una “personalidad peculiar” o que era “complicado” estar a solas con ella. Uno de los policías, que había sido su pareja, precisó que ya no mantenía ninguna relación con la agente, pero sabía que había “cierta conflictividad con otros miembros del grupo”.

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La juez desechó por impreciso el testimonio de un vecino que dijo haber visto cómo el acusado la agarraba del brazo en plena calle, concluyó que los informes médicos que le diagnosticaron un trastorno ansioso depresivo no precisaban la causa y añadió que el acusado no se ha reconocido en las conversaciones que ella ha aportado al proceso y que carecen, en todo caso, de la reiteración y frecuencia suficiente para configurar un delito de acoso.

La acusación particular solicitó cinco años y tres meses de prisión para el inspector jefe por los delitos de abuso sexual, acoso sexual y acoso laboral, así como una indemnización de 50.000 euros. El abogado defensor, Antonio Suárez-Valdés, pidió su absolución y, como alternativa, que se aplicaran las eximentes o atenuantes de embriaguez, reparación del daño y dilaciones indebidas. Aunque partidos como Vox sostienen que la legislación vigente vulnera la presunción de inocencia de los varones en los delitos sexuales, la juez se ha basado en ella para absolver al acusado. Alega que “tiene serias dudas sobre la veracidad de los hechos denunciados [por ella] ante la falta de material probatorio”, más allá de su propio testimonio, y sugiere que la denuncia pudo tener “un fin espurio”: vengarse de que su jefe no le ayudara en el traslado a la Policía Judicial. La sentencia no es firme.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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