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Indemnizan a un urbano que se accidentó en una persecución porque su cargo no le obliga a soportar las secuelas

La juez considera que el Ayuntamiento de Cornellà es responsable patrimonial y no responsable civil

Una juez obliga al Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat a indemnizar a un policía local que sufrió un accidente en una persecución cuando su compañero hizo colisionar su coche patrulla contra el turismo al que perseguían, porque su cargo "no conlleva la obligación de soportar" las secuelas de un accidente.

El agente de la policía urbana salió herido en la persecución de tres sospechosos cuando su compañero, que conducía el vehículo, decidió colisionar contra el coche que estaba poniendo en peligro a los usuarios de la vía. "Realizó tal maniobra para evitar un mal mayor", alegó el agente. Además, tal y como refleja la sentencia, el policía entiende que de "haberse enviado dispositivos policiales de refuerzo a la zona, o coordinado una operación conjunta con otros cuerpos", se hubiera podido evitar la colisión en la que el agente sufrió daños en las cervicales.

La magistrada del Juzgado Contencioso-Administrativo número 10 de Barcelona ha considerado que el Ayuntamiento de Cornellà es responsable patrimonial y no responsable civil, que implicaría que a esta administración le corresponde cierta culpa. La responsabilidad patrimonial se aplica en tanto que existe una relación de causalidad entre la actuación administrativa llevada a cabo por el agente, y el daño producido y el retiro forzoso por inutilidad en acto de servicio. "Es inexcusable concluir que tales secuelas demandan una adecuada indemnización pecuniaria", reza el texto. Además, apunta que sufrir lesiones por el choque de un vehículo patrulla con el de unos sospechosos, "no puede considerarse un prejuicio que el agente de la policía local tenga la obligación de soportar". Como la lesión fue a consecuencia de la colisión de los vehículos, el demandante solicitaba que la Administración y la compañía de seguros de la misma, pagaran solidariamente la cantidad de 7.475,53 euros, por la secuelas.

El recurso le es favorable parcialmente porque en el informe forense no se precisa el alcance de las lesiones, "y no constando que sea de la entidad reclamada, debe de recogerse la puntuación mínima establecida", que calcula en 5.513,62 euros.

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