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Un error al pesar marihuana absuelve a los tres menores que la cultivaban

La Guardia Civil se incautó de 66 kilos de material pero incluyeron el peso de tronco, raíces y tierra

Tres menores de edad han sido absueltos por traficar con marihuana gracias a un error policial en el peso de la sustancia decomisada. Tras comprobar la existencia de la plantación, montar un dispositivo de vigilancia y detener a los propietarios de las plantas, la Guardia Civil pesó mal la droga incautada: 66 kilos en 24 plantas de marihuana, pero el peso incluye los troncos, raíces y hasta la tierra que servía de base para las plantas. El Juzgado de Menores de Tarragona ha absuelto a los jóvenes por desconocer el peso neto de la droga. Los tres imputados se enfrentaban a penas de nueve meses de libertad vigilada. El fallo policial puede propiciar también la absolución de otros seis detenidos por la plantación, mayores de edad y cuya causa se juzga en paralelo por el Juzgado de Instrucción.

La sentencia absolutoria considera probado que los menores cultivaron una plantación de marihuana en una finca rústica de Tarragona y participaron en las labores de cultivo y recolección. La Guardia Civil descubrió la plantación en septiembre de 2008 y detuvieron a un menor y a un joven de 19 años. También aportaron al juez conversaciones grabadas entre febrero y abril sobre cómo los imputados participaban en el cultivo de las plantas, además de una balanza de precisión como prueba del tráfico de la sustancia. Pero el juez las considera pruebas insuficientes ya que la imposibilidad de cifrar la cantidad de marihuana impide valorar si las plantas estaban destinadas a la venta o si su fin era el consumo propio. Fue la postura mantenida por la defensa y que el juez ha asumido en la sentencia.

El magistrado recuerda que debería haberse calculado el peso de las hojas sin incluir el de las raíces, tronco de las plantas y tierra procedente de la maceta. También subraya que tras conocer el peso neto, debería haberse dividido por los nueve procesados por la causa -los tres menores absueltos y la abierta por los mayores de edad, aún pendiente de juicio- para evaluar si excedía la cantidad que se estima ajustada al consumo propio. Se trata de una cuestión ambigua ya que esta cantidad no está estipulada legalmente y se establece a modo de consenso entre las sentencias anteriores sobre el asunto.

Los baremos que se considera de autoconsumo en el caso de la marihuana oscilan entre 250 y 300 gramos aunque sigue siendo un dato objetivo. Un juzgado de Santander absolvió el mes pasado a un hombre que había sido detenido por poseer 1,1 kilo de marihuana en casa. El magistrado aceptó que la marihuana estaba destinada al consumo propio ante la ausencia de que el acusado pretendiera dedicarse al tráfico de esta sustancia.

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