España es quien debe valorar la legalidad de las preferentes, según Almunia
El comisario europeo de la Competencia, Joaquín Almunia, dice que son las autoridades nacionales competentes y sus tribunales los que valoren si la venta de preferentes cumple con la legislación establecida en la Directiva 2004/39/CE relativa a los mercados e instrumentos financieros, conocida como MiFID.
Es la respuesta de Almunia con fecha de ayer y dirigida a la presidenta del Parlamento de Galicia, Pilar Rojo, sobre el cuestionario acordado por la comisión del Parlamento gallego que investiga la gestión y evolución económico-financiera de las antiguas cajas de ahorro, a la que hoy ha tenido acceso Efe.
El comisario europeo señala que "en particular, es competencia del Estado miembro investigar si estas entidades de crédito o empresas de inversión ejercen sus funciones de manera adecuada, honesta y profesional en relación con sus clientes y decidir los recursos legales disponibles para los inversores afectados por estas prácticas".
Para reforzar estas posibles actuaciones, Almunia indica que el MoU (Memorando de Entendimiento sobre condiciones de Política Sectorial Financiera de 23 de julio de 2012), "pide a las autoridades españolas la adopción de medidas destinadas a fortalecer la protección de los clientes minoristas que adquieran cualquier instrumento financiero".
En cuanto al procedimiento de arbitraje, Almunia dice que se trata "de un proceso regulado a nivel nacional respecto del cual la Comisión Europea no tiene jurisdicción".
Acerca de la pregunta sobre las ayudas públicas recibidas por las instituciones financieras para el rescate y reestructuración, indica el comisario Almunia que dentro del objetivo general de reducción al mínimo necesario del desembolso de dinero público, la CE solicita a los bancos que se encuentren en proceso de reestructuración "que gestionen su capital de manera prudente".
Este principio, recuerda, se plasma en el MoU, firmado por las autoridades españolas con el resto de los países del Eurogrupo, y recogido en la Ley 9/2012 sobre reestructuración y resolución de entidades de crédito.
"En consecuencia -precisa en su carta-, las autoridades españolas se han comprometido a reconocer una absorción de pérdidas por parte de los instrumentos híbridos (entre los que se encuentran las participaciones preferentes) y la deuda subordinada emitidos por las entidades sujetas a reestructuración y/o resolución".
Asimismo, agrega, "se obligan a canjear posteriormente dichos instrumentos por acciones ordinarias".
Explica que en el contexto del programa de apoyo financiero al sector bancario español se ha protegido a los depositantes, incluidos aquellos depósitos por encima de los 100.000 euros, que no están amparados por el Fondo de Garantía de Depósitos.
En su carta dirigida a la presidenta del Parlamento gallego, el comisario europeo señala que cuando las autoridades públicas recapitalizan un banco que seguirá operando en el mercado, "dicha ayuda pública sólo puede ser compatible con el mercado interior bajo el Artículo 107(3)(b) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), si el beneficiario de la ayuda se somete a una reestructuración que asegure su viabilidad a largo plazo".
Dado el cuantioso importe de ayudas públicas recibidas por las distintas entidades financieras, Almunia insiste en que el banco "tiene que someterse a un profundo proceso de reestructuración para garantizar su viabilidad y evitar que se tenga que volver a recurrir a dinero de los contribuyentes en el futuro".
En España, según Almunia, los bancos recapitalizados con ayudas de Estado representan el 21 % del total de la banca española en términos de activos y el 28 % en los de créditos a clientes.
"Esto implica que la mayoría del sector bancario no ha necesitado apoyo público y por tanto debieran estar mejor posicionados para proporcionar préstamos a la economía real", apostilla.
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