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El TSJCV condena a Ford por castigar a los afiliados a CGT

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) condena a Ford España a indemnizar con 9.000 euros al sindicato CGT por "sobrerrepresentar" a sus afiliados entre los afectados por varios expedientes de regulación de empleo y, simultáneamente, "infrarrepresentar" a los miembros del sindicato en las promociones internas en la factoría de Almussafes.

La sentencia, difundida por CGT, confirma un fallo previo del Juzgado de lo Social de Valencia de mayo pasado que sancionaba a la multinacional del automóvil por vulnerar la libertad sindical. Ford recurrió la sentencia que ahora ha sido confirmada por el TSJCV.

El TSJCV confirma que el número de afiliados a CGT afectados por tres expedientes sucesivos de suspensión de empleo entre septiembre de 2008 y junio de 2009 era altamente desproporcionado en relación al número de trabajadores de la planta de Almussafes afiliados al sindicato.

En el ámbito de las promociones internas, sobre un total de 1.568 ascensos registrados entre toda la plantilla entre los años 2003 y 2010, solo 23 eran afiliados a CGT.

El TSJCV considera que Ford "hizo un uso arbitrario" de sus facultades porque la empresa no ha podido especificar ante el tribunal los criterios de "organización práctica" que aplicó para suspender contratos ni para promocionar trabajadores.

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