Condenado a un año de cárcel el 'mosso' que atropelló mortalmente un motorista
El policía deberá indemnizar con 128.981 euros a los familiares de la víctima
La Audiencia de Barcelona ha condenado a un año de prisión al mosso d'esquadra que en marzo de 2009 atropelló mortalmente a un motorista al saltarse un semáforo con su vehículo oficial, aunque ha descartado inhabilitarlo para la profesión de policía, como reclamaban las acusaciones particulares. En su sentencia, la sección octava de la Audiencia de Barcelona considera probado que el acusado, el cabo Luis Alberto Musteiro, atropelló al motorista por una imprudencia en la conducción, pero no profesional, dado que la infracción no obedeció a una impericia o falta de preparación técnica para su oficio.
El procesado podrá evitar cumplir el año de prisión impuesto en la sentencia, al carecer de antecedentes penales, pero deberá indemnizar con 128.981 euros en total a los familiares del motorista fallecido, entre ellos a su hija de pocos años, pago que correrá a cargo de la compañía aseguradora. El atropello ocurrió el 20 de marzo de 2009, cuando el mosso condenado y dos compañeros suyos acudían en un coche patrulla a un juicio en el que debían declarar como testigos y al que llegaban algo tarde. El condenado decidió accionar las luces luminosas del vehículo, pero no la sirena, pese a conocer, según la sentencia, que "no podía emplear una señal ni otra, por no estar en servicio de urgencia, y no tener en ese momento el vehículo, reglamentariamente, la cualidad de prioritario".
Al llegar al cruce entre las calles Tànger y Roc Boronat de Barcelona, pese a la poca visibilidad que tenía debido a la presencia de un camión estacionado, el conductor se adentró en el mismo a un velocidad de unos 20 o 30 kilómetros por hora, sin mirar a su derecha, añade la sentencia. El coche policial acabó colisionando violentamente con el ciclomotor que conducía el fallecido, que circulaba a una velocidad de aproximadamente 50 kilómetros y no tuvo siquiera tiempo de frenar. El tribunal sostiene que no es verosímil la versión exculpatoria del procesado, a la luz del relato expuesto por varios testigos del accidente y de la filmación grabada por las cámaras de seguridad de una empresa de informática situada justo en el chaflán donde tuvo lugar el atropello mortal. Ese vídeo, con el que los mossos d'esquadra implicados en el atropello intentaron hacerse antes de que llegara la Guardia Urbana encargada de la investigación, sirvió de base para el atestado policial que acabó incriminando al acusado en el accidente mortal.
La sentencia reconoce que, tras el siniestro, tanto el procesado como sus compañeros atendieron a la víctima y tomaron las medidas oportunas para protegerla de otros vehículos que pudieran circular por esa calle, circunstancia que tiene en cuenta no como atenuante de reparación del daño pero sí para fijar la pena al mosso en su mitad inferior.
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