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La responsabilidad de la empresa, en la reforma del Código Penal

El País

El despacho Cuatrecasas, Gonçalves Pereira ofreció ayer, en Bilbao, una doble jornada técnica para abordar las reformas del Código Penal que inciden en el ámbito de la responsabilidad jurídica de las empresas y que ha entrado en vigor a partir del pasado 23 de diciembre.

Los ponentes detallaron, de un lado, la responsabilidad penal de las personas jurídicas, y, a su vez, las nuevas exigencias de Corporate Compliance en España. De entrada informaron del ámbito subjetivo de la responsabilidad penal, de la que quedan excluidos el Estado, las Administraciones Públicas territoriales, los partidos políticos y sindicatos, principalmente.

Como idea básica en el concepto de la reforma, se incidió en que a partir de ahora la responsabilidad penal que recaiga sobre un empleado en el supuesto de cometer alguno de los 31 delitos fijados puede trasladarse, de hecho, a la empresa a la que pertenece. Incluso, la desaparición del responsable individual trasladaría la resultante penal a la sociedad de la que era miembro, en una referencia muy común en legislaciones como la de EE UU.

A su vez, los dos abogados ahondaron en las nuevas exigencias que para las sociedades mercantiles españolas supondrá el Corporate Compliance, el compromiso para prevenir internamente la comisión de delitos.

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