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Una sentencia anula los nombramientos de los directores de parques naturales

Los directores de parques naturales no pueden ser considerados como personal eventual de la Generalitat. Por ello, una sentencia ha anulado los nombramientos de todos los directores-conservadores de esos 22 espacios protegidos valencianos. Tras sustituir en 2009 al fallecido José Ramón García Antón, el nuevo consejero de Medio Ambiente, Juan Cotino, volvió a nombrar a todos los directores de parques naturales valencianos, dado que su condición de personal eventual había hecho que cesaran automáticamente. Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Valencia anula ahora tal resolución.

En respuesta a un recurso de la Intersindical Valenciana, presentado por el Sindicat de Treballadors i Treballadores de l'Administració i Serveis Públics (STAS-IV), la sentencia se basa, precisamente, en la Ley de la Función Pública Valenciana y en el Estatuto Básico del Empleado Público, que establecen que el personal eventual solo desempeñará puestos expresamente calificados por sus funciones de confianza o asesoramiento especial.

El asunto tiene su origen en un decreto de 1994 del último Gobierno del socialista Joan Lerma, que pretendía favorecer la posibilidad de nombrar a figuras conocidas del ecologismo (sin que fueran funcionarios ni tuvieran que convertirse en cargos públicos) pero ha servido en la práctica para poner al frente de una buena parte de los parques a personas próximas, militantes y, en ocasiones, hasta concejales, del partido en el poder. Como explicó ayer Adel Francés, secretario de acción sindical de la Intersindical Valenciana, "la utilización espúrea de la figura del personal eventual vienen de lejos, aunque la normativa era confusa. La definición más precisa del papel del personal eventual que recoge la nueva Ley de la Función Pública Valenciana ha permitido recurrir un acto que se ha producido después de aprobada la ley". De hecho, el decreto de 1994 no se ve afectado por la sentencia y la Intersindical estudia emprender la vía de su impugnación ante el Tribunal Superior de Justicia.

La Consejería de Medio Ambiente recordó ayer que se ha atenido en los nombramientos al decreto de 1994 y recordó que fueron los socialistas quienes lo promulgaron. La sentencia puede ser recurrida.Dado que los directores de parques naturales no son personal funcionario, ni laboral, ni tampoco personal directivo, sino personal eventual, la sentencia anula sus nombramientos porque su situación no responde a las responsabilidades que deben desempeñar, ya que a los directores-conservadores corresponde la gestión de los espacios naturales protegidos, la elaboración de los presupuestos y programas, la emisión de informes sobre los instrumentos de ordenación de esos espacios y la representación pública en ocasiones. Unas funciones técnicas y políticas claramente incompatibles, según la sentencia, con la figura del personal eventual.

Según la Ley de la Función Pública valenciana, "el personal eventual solo desempeñará puestos expresamente calificados por sus funciones de confianza o asesoramiento especial. En todo caso, son personal eventual, dadas las funciones de especial confianza que desempeñan, los conductores al servicio directo de los miembros del Consell". A su vez, el Estatuto Básico de la Función Pública establece que "es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, solo realiza funciones expresamente calificadas de confianza o asesoramiento especial".

"Se ha puesto de manifiesto a lo largo del procedimiento", añade la sentencia, "que tampoco concurre la necesaria característica de la temporalidad a la que alude el artículo 12 del Estatuto Básico, pues la propia demandada alega que el nombramiento de todos estos cargos devino necesario al cesar el conseller pertinente, lo que lleva, a sensu contrario, a entender que estos puestos tienen un carácter de continuidad y permanencia en la prestación del servicio".

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Perfil político o técnico

Los argumentos de la titular del juzgado de los Contencioso-administrativo número 7, María Jesús Guijarro, apuntan a que los de directores-conservadores son puestos de perfil técnico, que deberían ser ocupados por personal funcionario o laboral de la Generalitat. Desde otros ámbitos se considera que los responsables de los parques naturales deberían responder a un perfil político y, en consecuencia, ser directivos o cargos públicos de la Generalitat.

El mapa de los parques naturales valencianos está integrado por 22 parajes, seis de ellos zonas húmedas, uno marítimo (el de las Columbretes), un bosque, cuatro sierras litorales y 10 sierras de interior.

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