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Conesa sufre un embargo de Hacienda por el 'caso Terra Mítica'

Cinco años lleva investigando el Juzgado de Instrucción número tres de Valencia el caso Terra Mítica. Y casi lo mismo lleva imputado el empresario Vicente Conesa, a quien se atribuye más de la mitad de los 4,4 millones de euros defraudados a Hacienda por liquidaciones fraudulentas de IVA y de Impuesto de Sociedades de varias empresas en relación con las obras de construcción del parque temático de Benidorm. Está por ver si Conesa se sentará en el banquillo. Pero entre tanto, Hacienda opta por embargarle dos devoluciones de la declaración de la renta que tiene pendientes: 7.638,70 euros del ejercicio de 2005 y 8.257,39 euros del de 2008. Hacienda aplica así el artículo 81.7 de la Ley General Tributaria, que recoge: "La Administración tributaria podrá acordar la retención del pago de devoluciones tributarias o de otros pagos que deba realizar a personas contra las que se haya presentado denuncia o querella por delito contra la Hacienda Pública o se dirija un proceso judicial por dicho delito, en la cuantía que se estime necesaria para cubrir la responsabilidad civil que pudiera acordarse". Es evidente que esa cantidad no cubriría la hipotética responsabilidad civil de Conesa por el fraude supuestamente cometido a través de facturas falsas con sobrecostes o por trabajos no realizados en el parque temático, 3,1 millones del total. Pero Hacienda cumple con la posibilidad cautelar de embargar la cantidad que debería devolver al empresario imputado.

La causa de Alicante

La sección segunda de la Audiencia de Alicante obliga a reabrir la causa que, con una trama idéntica a la que se investiga en Valencia, afectó a la Sociedad Parque Temático de Alicante (SPTA), ahora Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana, cuya investigación inició en 2006 el Juzgado de Instrucción número 9 de Alicante. Es un supuesto fraude fiscal en una sociedad pública al 100%, por más de 1,5 millones de euros en el Impuesto de Sociedades del ejercicio de 2000 a través de facturas por trabajos no realizados. Como en la causa de Valencia, el cumplimiento de un precepto de la Ley General Tributaria que establecía hasta antes de 2006 la obligatoriedad de permitir que los investigados tengan una última posibilidad de explicar sus irregularidades dio al traste con lo investigado. Pero el debate jurídico ha vuelto a dar vida a la causa. Los implicados pueden durante la instrucción explicar cuanto deseen.

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