La eterna polémica del 5%
El artículo 5 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 1 de abril, regula las inversiones obligatorias de las televisiones en la financiación del cine europeo. Esta obligación, que se ha convertido en el verdadero campo de batalla entre productores y operadores de televisión, viene del año 1999, cuando el entonces Gobierno del Partido Popular aprovechó la trasposición de la directiva comunitaria sobre la televisión sin fronteras para obligar a las televisiones a destinar cada año un 5% de sus ingresos a invertir en la produc...
El artículo 5 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 1 de abril, regula las inversiones obligatorias de las televisiones en la financiación del cine europeo. Esta obligación, que se ha convertido en el verdadero campo de batalla entre productores y operadores de televisión, viene del año 1999, cuando el entonces Gobierno del Partido Popular aprovechó la trasposición de la directiva comunitaria sobre la televisión sin fronteras para obligar a las televisiones a destinar cada año un 5% de sus ingresos a invertir en la producción de películas y telefilmes europeos.
Desde esa fecha se han vivido auténticos episodios bélicos y judiciales, incluidos recursos ante el Tribunal Supremo y en Europa, entre productores y televisiones. Los primeros porque aseguran que el cine sin las televisiones, que son concesiones públicas, no sobrevive en ningún país del mundo; los segundos porque lo han considerado siempre una imposición injusta y una subvención encubierta a una actividad privada.
Lo que hasta ahora era solamente la inversión en películas y telefilmes, en la nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual se ha incluido a las series de televisión, una vieja reivindicación de las cadenas. Este 5% obligatorio para las televisiones privadas se aumenta a un 6% en el caso de las cadenas de titularidad pública. La financiación de las obras audiovisuales podrá consistir en la participación directa en su producción o en la adquisición de los derechos de explotación de las mismas.
De esa inversión obligatoria, como mínimo el 60% en el caso de las cadenas privadas y el 75% si se trata de televisiones públicas deberá dedicarse a películas cinematográficas de cualquier género.
Otra novedad de esta ley es que esa misma obligación se amplía a las empresas de telecomunicaciones que difundan canales de televisión, como Imagenio, perteneciente a Telefónica, u Ono.
Babelia
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