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Reportaje:Dinero & inversiones

El inversor suele tener razón

Cada vez hay más sentencias a favor de los ahorradores frente a las entidades

A veces, las reclamaciones financieras tienen un final feliz. Aunque tarden años en resolverse. En juego entran en primer lugar los servicios de reclamaciones del Banco de España, de la CNMV o de la Dirección General de Seguros, que publican trimestral o semestralmente informes completos sobre las quejas ante ellos presentadas y dan su opinión sobre lo que son o no buenas prácticas financieras. En ocasiones de poco sirven sus aclaraciones y entonces la pelota cae en el tejado de los tribunales. En general, algo más tarde, hasta los legisladores toman cartas directamente en estos asuntos.

El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia -se pone fin así a un proceso iniciado por la OCU en enero de 2003- en la que declara nulas por abusivas, desproporcionadas o confusas hasta 13 cláusulas que las entidades financieras aplicaban a sus clientes y que iban desde obligar a los consumidores a hacer frente a los gastos judiciales de un proceso aunque lo ganasen; eximirse de toda responsabilidad por extravío o sustracción de la tarjeta o la libreta; prohibir al particular vender el bien que garantizaba su hipoteca, etcétera.

Varias sentencias critican la venta de productos de forma indiscriminada

No es la primera vez que las reclamaciones de los particulares llevadas ante los tribunales han dado su fruto. En los años noventa, todas las asociaciones de usuarios bancarios peleaban con dureza contra el redondeo al alza en los contratos hipotecarios a tipo variable. Varias sentencias después, se aprobó la Ley Financiera 44/2002 prohibiendo su uso abusivo y limitando su aplicación, al alza o a la baja, a un octavo de punto. En esos años se puso también fin, a base de reclamaciones sucesivas, a cosas que ahora parecen tan "normales" como que los cajeros automáticos informen con claridad y veracidad, y de forma previa a su aceptación, del coste de las operaciones; que los particulares no tengan que abonar los gastos de no subrogación en una hipoteca contratada por un promotor; que no se apliquen simultáneamente comisiones de mantenimiento y administración en una cuenta...

También se ha peleado mucho y duramente en pro de la transparencia y algo se ha ganado de esta batalla. En noviembre de 2007 entró en vigor la directiva europea MiFID (Markets in Financial Instruments Directive) que regula la prestación de servicios de inversión y cuyos objetivos básicos son proteger a los clientes financieros y regular el comportamiento de las entidades.

Todas las asociaciones de consumidores centran la mayor parte de su actual actividad jurídica en materia de inversión/ahorro en lo relativo a "cláusulas suelo" en las hipotecas; Clips, Swaps y contratos de permuta financiera; depósitos estructurados o fondos inmobiliarios. Sobre el primero de ellos, mientras Adicae ha demandado judicialmente a 22 entidades, la OCU se ha dirigido a todos los grupos parlamentarios solicitando que lleven a cabo las iniciativas oportunas para promover las modificaciones legislativas necesarias para evitar la inclusión de "cláusulas suelo" en las hipotecas con los consumidores. En su opinión, estas cláusulas son abusivas por falta de reciprocidad entre las partes, al limitar la variación de los tipos de interés, impidiendo que el tipo final aplicado al consumidor baje de un determinado nivel aunque baje el índice al que está referenciada la hipoteca.

Según reconocen sus responsables, el 80% de las nuevas reclamaciones que llegan a Ausbanc versan sobre los swaps, permutas, clips, intercambios, coberturas o seguros de cuota fija para hipoteca. Todos ellos son en realidad el mismo producto con distinto nombre y han generado en los últimos meses graves problemas económicos a sus suscriptores dado que, según denuncian, las entidades no sólo les están trasladando desproporcionadas y abusivas penalizaciones por la cancelación del producto sino que, además, utilizan sus cuentas al pago del swap, derivado o similar antes que al propio pago de la hipoteca.

A favor de los consumidores, que además denuncian haber sido mal o nada informados sobre los elevados riesgos que conlleva la compra de estos productos, ya hay dos sentencias firmes: de la Audiencia Provincial de Jaén de 27 de marzo de 2009 y de la Audiencia Provincial de Álava de 7 de abril de 2009.

En materia de depósitos estructurados, esta misma semana se acaba de producir una importante novedad, según explican desde Adicae: el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia en 2005 y obliga a Ruralcaja a devolver las cantidades defraudadas a los 238 afectados (aproximadamente tres millones de euros). La sentencia reitera la obligación de las entidades de actuar con la debida diligencia profesional en pro de sus clientes y destaca lo incorrecto de la comercialización indiscriminada de productos sin tener en cuenta si el cliente dispone o no de unos mínimos conocimientos financieros o sin conocer su capacidad financiera y preferencia de riesgo.

Será el Tribunal Supremo quien decida si la Audiencia Nacional debe investigar la querella interpuesta por un grupo de afectados por la congelación del reembolso del fondo inmobiliario Santander Banif Inmobiliario. -

Fórum y Afinsa han sido dos de los escándalos financieros más recientes que más repercusión han tenido entre la opinión pública.
Fórum y Afinsa han sido dos de los escándalos financieros más recientes que más repercusión han tenido entre la opinión pública.LUIS ALBERTO GARCÍA

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