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Condena a Sanidad a pagar excesos de jornada

La sentencia del Juzgado de Lo Contencioso-administrativo número seis de Valencia es clara. Sanidad debe pagar a una enfermera, personal estatutario, casi 4.000 euros por excesos de jornada entre los años 2003 y 2006. Lo ha decidido una juez, pero aún así la consejería ocho meses después del fallo -y habiéndose solicitado la ejecución del fallo- no lo ha hecho.

Los excesos de jornada son habituales, pero Sanidad no los paga directamente salvo que haya reclamación explícita del trabajador. La enfermera que ha ganado el pleito inició la reclamación en febrero de 2007. La dirección del hospital resolvió negativamente. El recurso a esa decisión no prosperó porque la Dirección de Recursos Humanos de la Agencia Valenciana de Salud también se negó.

El tema llegó a los tribunales. La vista se celebró el 10 de septiembre de 2008. Y el fallo no ofrece duda. La normativa obliga a pagar los excesos de jornada. Sanidad ha discutido el número de horas y aunque el juzgado le ha dicho que tiene que hacer frente a su obligación, no la atiende. Esta enfermera ya ha presentado la reclamación por 2007 y 2008.

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