Varapalo judicial al tratamiento 'basura' del 'caso Alcàsser'
Canal 9, el padre de una de las niñas y un criminólogo pagarán 620.000 euros
El juez de la Sala de lo Penal número 2 de Valencia ha dictado una sentencia histórica que supone un fuerte revés para los programas de televisión que se erigen en jueces de la realidad. El origen de la sentencia es el programa Juí d'Alcàsser, de Canal 9. El juez considera que el tratamiento de la información que se hacía en el programa no era "inocente" y buscaba deliberadamente "situaciones personales de combate, lucha y pelea, para alimentar las reacciones mentales moralmente insanas" de los espectadores para aumentar la audiencia.
La justicia sentó en el banquillo a Fernando García, padre de una de las niñas víctima del triple crimen de Alcàsser; Juan Ignacio Blanco, criminólogo; Ferran Pérez, director del programa; y Amàlia Garrigòs, conductora del espacio, por las injurias y calumnias vertidas en el programa de la televisión autonómica valenciana entre mayo y julio de 1997. La indemnización total a la que deberán hacer frente es de 620.000 euros. Canal 9 deberá pagar un tercio.
García ha sido condenado al pago de una multa diaria de 18 euros durante 27 meses por un delito continuado de injurias graves con publicidad contra cuatro miembros de la Guardia Civil, cuatro forenses y contra el ex fiscal jefe de Valencia, Enrique Beltrán (14.580 euros). A cada uno de los ofendidos debe indemnizarles con 30.000 euros, 270.000 euros. Juan Ignacio Blanco ha sido castigado a dos años de prisión por dos delitos de calumnias y a 22 meses de multa por injurias graves: 7.920 euros. Indemnizará con 350.000 euros a los afectados.
Ferran Pérez y Amàlia Garrigós han sido absueltos, pero Canal 9 se lleva no sólo la responsabilidad solidaria de abonar las indemnizaciones, sino otras consideraciones del magistrado. El juez recuerda que "por la cadena pública autonómica, se montó un dispositivo especial" y "a diario se ofrecía un especial donde (...) realizaban el comentario y las acusaciones que han sido determinadas". Afirma el juez, contra lo esgrimido por la cadena, que no es inocente el desarrollo del programa: "Con preguntas aparentemente que no hacen daño, se produce una contestación que es la que se busca, tirar el anzuelo para que reproduzcan o califiquen conductas de los médicos forenses, del fiscal, no pudiendo calificar así de aséptica, neutral, ni fría, la conducta del medio de comunicación en la difusión de unas manifestaciones que son previsibles y con fin siniestro".
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