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Crítica:Carreras & capital humano | textos y documentos
Crítica
Género de opinión que describe, elogia o censura, en todo o en parte, una obra cultural o de entretenimiento. Siempre debe escribirla un experto en la materia

El nuevo marco de las OPA

Diecisiete catedráticos y expertos analizan la última regulación

La nueva realidad normativa sobre ofertas públicas de adquisición de acciones (OPA) surge de la entrada en vigor del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las citadas ofertas. La disposición es fruto, en primer término, de una necesidad de adaptación normativa a las nuevas pautas de la Unión Europea, y en segunda instancia, de la necesidad de acompasar y reubicar nuestros esquemas normativos en unos planteamientos de control empresarial acordes a la realidad imperante en las economías más desarrolladas, destacando la importancia que tiene en un mercado abierto y globalizado el juego del marco normativo para evitar arbitrajes reguladores o medidas desincentivadoras de la atracción de capitales para financiar las economías más dinámicas.

LA REGULACIÓN DE LAS OPAS

COMENTARIO SISTEMÁTICO DEL RD 1066/2007, DE 27 DE JULIO

Varios autores. Javier García de Enterría y Jaime Zurita y Sáenz de Navarrete (directores)

Editorial Aranzadi, SA

ISBN 978-84-470-3175-7

Este libro, fruto de la colaboración de diecisiete catedráticos, abogados y contrastados expertos en temas jurídicos, mercantiles y financieros, es un estudio sistemático del reglamento de las ofertas públicas de adquisición de acciones (OPA), que en su concepción y desarrollo, según reconocen a modo de declaración de intenciones los directores de los trabajos, los catedráticos Javier García de Enterría y Jaime Zurita y Sáenz de Navarrete, "aspira a conjugar el tratamiento reflexivo de los problemas jurídicos que suscita esta figura con la más atenta consideración a la experiencia práctica de nuestro mercado".

Este enfoque, agregan, se trasluce ya en la composición del grupo de autores que lo han elaborado. Todos los que intervienen en el estudio con comentarios y aportaciones tienen en común el desarrollo de su actividad profesional en ámbitos vinculados a los mercados financieros, y más en general -aunque sea con distintos grados de vecindad- al mundo de las ofertas públicas de adquisición de acciones.

El estudio jurídico que recoge la obra aspira a facilitar una aplicación más eficaz de la nueva regulación. La magnitud y diversidad de los intereses que suelen verse afectados por las ofertas públicas de adquisición de acciones, precisan Javier García de Enterría y Jaime Zurita y Sáenz de Navarrete, las convierten en un campo especialmente abonado para opiniones improvisadas y oportunistas, en el que "la reflexión y el rigor jurídico suelen penar para afirmarse en el fragor de operaciones que tienen a percibirse -a menudo, con ciertos excesos bélicos- como verdaderas batallas empresariales y en el que no siempre se presta la debida atención a las enormes consecuencias económicas de opciones normativas en apariencias inocuas".

Y en el caso español, agregan, el valor de cualquier aproximación jurídica se acrecienta tanto por "el carácter novedoso de la flamante regulación de las OPA como por la trascendencia intrínseca de ésta, que ha supuesto un cambio de modelo normativo y que demanda por ello nuevas claves de entendimiento e interpretación".

El nuevo reglamento de las ofertas públicas de adquisición de acciones, señalan Javier García de Enterría y Jaime Sáenz de Navarrete -que parece nutrirse a partes iguales de la directiva europea, del viejo decreto de 1991 y de los casos más sonados y controvertidos de nuestra experiencia (muchos de los cuales son fácilmente identificables detrás de preceptos específicos)-, ha comportado un indudable avance técnico en relación con la normativa anterior. "No faltan algunas opciones irreflexivas y desafortunadas (como sería la sujeción del deber de pasividad de los administradores a un estrafalario principio de reciprocidad o el tratamiento dado a la autocartera a efectos del cómputo de los umbrales), además de otras tachas que en realidad son imputables a la normativa comunitaria que debía trasponerse (y la mención obligada aquí es al prolijo y artificioso régimen de neutralización de los blindajes anti-OPA)".

En la obra, además de los directores de la misma, han participado también, con sus comentarios a los distintos artículos de la norma, Jaime Aguilar, Javier Carvajal, Francisco Javier Cano, José Ramón del Caño, Jesualdo Domínguez-Alcahud, Alejandro Fernández de Araoz, Francisco J. Garcimartín, Ignacio Gómez-Sancha, Gonzalo Jiménez-Blanco, Manuel López, Francisco Marcos, Rafael Mínguez, Jaime Pérez, Fernando Torrente y Francisco Uria. -

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