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Una controvertida directiva europea

Entre la batería de legislación comunitaria con la que se espera impulsar la creación de un verdadero mercado único financiero en la Unión Europea (UE), figura el nuevo Proyecto de Directiva sobre crédito al consumo. La nueva norma sustituirá a la Directiva de 1987 y su tramitación no está exenta de polémica.

El origen de la misma se encuentra en que los legisladores han puesto su acento en garantizar un elevado grado de protección a los consumidores, con especial afán en evitar el "endeudamiento excesivo", situación que supondría una amenaza a la estabilidad financiera de las familias en momentos de subidas de los tipos de interés o de una disminución de la renta. Concretamente, el Proyecto de Directiva introduce el concepto de "crédito responsable", ya presente en los ordenamientos jurídicos de algunos miembros de la UE.

Según el mismo, las entidades crediticias están obligadas a realizar un exhaustivo estudio previo del solicitante de un crédito, con el fin de asegurarse de que podrá hacer frente a las obligaciones que se derivarán del mismo. En caso de no haberse seguido este análisis, la responsabilidad en caso de impago podría incluso recaer en la propia entidad financiera que concedió el crédito. Según el Instituto de Estudios Económicos (IEE), la nueva regulación "puede limitar excesivamente la capacidad de innovación financiera", puesto que impondrá un coste adicional a ciertos productos respecto a los cuales, en la actualidad, no es necesario aplicar cautelas especiales en lo que a solvencia del solicitante se refiere.

En resumen, opina el IEE, la futura directiva implicará "mayores costes para la entidad y menor oferta de productos financieros" y, por tanto, "tipos de interés más elevados, mayores restricciones al crédito, menor excedente social y pérdida de eficiencia económica". El Instituto de Análisis Económico ha incluso cuantificado el efecto de la medida: el crédito al consumo podría contraerse en España un 15%, equivalente a un punto porcentual del PIB.

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