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El Consultivo tumba el núcleo de la ley del 'conseller en cap'

El organismo limita las funciones propias del primer consejero

El Consejo Consultivo de la Generalitat, organismo que vela por la constitucionalidad de las leyes catalanas, aplicó ayer un serio correctivo al Gobierno catalán al considerar no ajustados a derecho dos artículos de la ley del conseller en cap y recomendar modificaciones en otros cinco. En concreto, el Consultivo entiende que la norma desnaturaliza la figura del presidente catalán al restarle competencias propias e "inherentes" a su cargo.

El Consejo Consultivo -a instancias de CiU- emitió ayer dos dictámenes, el primero sobre el proyecto de ley del conseller primer (o en cap) y el otro acerca de la modificación de varias leyes para permitir la adopción a las parejas homosexuales. En ambos, este organismo aprecia vulneraciones legales, tanto estatutarias como constitucionales.

Los preceptos ahora revocados se refieren a las competencias del conseller en cap. En concreto, el Consultivo rechaza que el consejero ostente como propia la labor de impulsar y coordinar la acción del Ejecutivo catalán y de los diferentes departamentos. No obstante, considera que estas competencias son delegables y así se corregirá mediante enmiendas cuando la ley se discuta en el Parlament, según anunció ayer el conseller en cap, el republicano Josep Bargalló. No obstante, el Consejo Consultivo cree ilegal, incluso por delegación, que el conseller en cap tenga la potestad de convocar "debates generales" en el Parlament.

El dictamen entiende que, de aplicarse estos preceptos, la figura del presidente "perdería su identidad y no sería reconocible". Además, invita al Gobierno a corregir la exposición de motivos de la ley, pues en este apartado se refiere a la "delegación" de competencias del presidente al conseller en cap cuando en el articulado se habla de competencias propias. El sistema de delegación se utilizó cuando Artur Mas fue nombrado conseller en cap en enero de 2001.

Respecto a otros cuatro puntos de la ley, el Consultivo recomienda algunas correcciones para evitar ambigüedades legales e interpretaciones equívocas. De este modo, expresa su conformidad en que el conseller en cap sustituya al presidente para responder preguntas parlamentarias en las sesiones de control al Gobierno siempre que sea "por causa justificada" y no se vulnere el derecho de los diputados a recibir una respuesta personalizada del presidente. En este caso, el Consultivo advierte de que estas sustituciones no podrán ser ni "habituales ni generalizadas".

Asimismo, el dictamen encarga al legislador que delimite las funciones de carácter representativo que el presidente podrá delegar en el conseller primer y las competencias ejecutivas que éste tendrá en caso de fallecimiento o incapacidad del presidente de la Generalitat. El Consultivo también estipula que se fije en la ley el carácter temporal de la delegación de las funciones, pues éstas no pueden tener nunca carácter indefinido.

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