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Entran en vigor las nuevas normas para instalaciones electrónicas en las viviendas

La tensión de suministro será de 230 voltios - Los hogares tendrán un interruptor general más - El constructor está obligado a instalar tomas de televisión, teléfono y banda ancha en el comedor, la cocina y un dormitorio

Hace 30 años no había en los hogares españoles casi ni vídeo, ni televisión por satélite, y menos aún ordenador, ni existía Internet, y menos conexión por ADSL. Hoy sí, pero, sin embargo los constructores de viviendas siguen edificando con un reglamento de 1973. Hasta hoy, bueno exactamente hasta el 18 de septiembre.

Ese día entra en vigor el reglamento electrotécnico de baja tensión (REBT), que regula todas las instalaciones eléctricas, y que sustituye al vigente, de 1973. El pasado 27 de mayo también se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un nuevo reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones (ICT) del interior de los edificios, que es menos restrictivo que el hasta ahora vigente, de 1999. Con ello se adecuan las instalaciones eléctricas y de telecomunicaciones a las necesidades actuales de confort y seguridad y se exige el aumento de las redes para facilitar su evolución futura conforme avance el desarrollo tecnológico.

Uno de los cambios principales del reglamento electrotécnico (RD 842/2002 de 2 de agosto) es que está sujeto a las normas europeas e internacionales de cada materia, con lo cual se adapta al estado actual de la técnica sin necesidad de modificar la ley. Casi la mitad del reglamento remite a la norma UNE 20460 y se introduce el concepto de seguridad equivalente cuando un aspecto no se detalla. "El nuevo reglamento introduce un entorno más seguro y confortable, actualizable conforme pase el tiempo, y con la selección de los materiales en función de su emplazamiento o tarea que hay que realizar", dice Joan Sufre, presidente de la Asociación de Fabricantes de Material Eléctrico (AFME).

Los expertos indican que el reglamento de 1973 ha cumplido su función en relación con la seguridad, a pesar de sus lagunas e interpretaciones diversas, pero necesitaba cambiarse para adaptarse al Estado de las Autonomías, las directivas europeas y el avance de la técnica.

La aplicación del nuevo reglamento será competencia de las comunidades autónomas y entra en vigor un año después de haberse publicado en el BOE. No se esperan problemas en su aplicación por parte de los fabricantes de material ni de los instaladores, aunque puede que algunas comunidades autónomas no hayan ultimado aún sus procedimientos de aprobación de los nuevos proyectos de instalaciones eléctricas.

Tensión a 230 voltios

A partir de ahora, la tensión de suministro será de 230 voltios entre fase y neutro o entre fases para las redes trifásicas, y no 220 voltios como venía siendo habitual hasta ahora en los cálculos. Este aumento de la tensión es obligatorio para las compañías eléctricas y se hace para reducir pérdidas de transmisión. La tensión de 230 voltios y 50 herzios está unificada en toda Europa.

En las viviendas de particulares, el cambio esencial en el reglamento es que existirán sólo dos tipos de electrificación: la básica y la elevada, independientemente de la potencia contratada. La básica será para viviendas con una superficie de hasta 160 metros cuadrados y potencia de hasta 5.750 vatios; y la elevada para viviendas de mayor superficie o de hasta 9.200 vatios. Ahora había tres tipos de electrificación.

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