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Exculpados otros dos agentes en el caso de la brasileña violada en una comisaría

La Audiencia de Vizcaya ha vuelto a absolver a funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en el caso de la ciudadana brasileña Rita Margarete R., violada en la comisaría de Bilbao en agosto de 1995 por un agente que no pudo ser identificado. La resolución, hecha pública ayer, corresponde a un segundo juicio celebrado en enero en la Sección Primera de la Audiencia. El tribunal tenía que dirimir si la misma noche que Rita Margarete R. fue violada en la comisaría de Indautxu también sufrió torturas por parte de un inspector y un agente, distintos a los acusados de violación, como aseguró la mujer.Rita Margarete R. fue detenida la noche del 29 de agosto de 1995 en el transcurso de una investigación sobre extranjeras por parte de la Brigada Provincial de Extranjería en el club Trastévere, de Barakaldo. La mujer, que siempre ha negado que ejerciera la prostitución, fue trasladada a dependencias policiales, donde permaneció hasta que fue puesta en libertad a la 1.30 del 30 de agosto.

La Audiencia de Vizcaya, en junio de 1998, y el Tribunal Supremo, meses después, dieron por probado en sendas sentencias que la ciudadana brasileña había sido violada en las dependencias de la Jefatura Superior de Policía de Bilbao. Sin embargo, ambos tribunales tuvieron que reconocer que la falta de pruebas impedía condenar a los culpables: el autor de la agresión sexual y sus dos "cómplices", por lo que dejaron sin cargos a los tres policías acusados.

Un nuevo juicio

En la sentencia conocida ayer se critica la actuación de la acusación durante el procedimiento y el juicio y se pone de manifiesto la existencia de "irregularidades". En concreto, en el caso del inspector J. A., el tribunal estima que se vulneró su derecho a la defensa al no determinar la acusación los hechos que le imputaba. También rechaza el posible delito de amenazas porque esta acusación se concretó en la calificación final de los abogados de la mujer, lo que generó "indefensión". En el caso del agente E. R. D., el fallo argumenta que la acusación "se sustenta exclusivamente en la declaración de la víctima", lo que se considera insuficiente.

Los magistrados resaltan que las declaraciones de Rita Margarete R. "no han aportado datos indiciarios" de que su testimonio sea verosímil y lo califican de contradictorio a la hora de describir a sus agresores. El tribunal concluye que faltan pruebas suficientes y que las lesiones en la espalda, donde la víctima dijo haber sufrido los golpes, "no han quedado demostradas". El tribunal matiza además que sería "ineludible la aportación de prueba pericial" que excluyera que las lesiones se debieron a la violación.

Las defensas y el fiscal solicitaron la absolución por estimar que la mujer mentía y que las lesiones, en todo caso, se debían a la agresión sexual. La acusación pidió sendas penas de seis años de prisión y doce de inhabilitación.

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