La Fiscalía devolverá a Sanidad los expedientes de adopciones que no identifiquen a la madre biológica
Hasta ahora, los hospitales públicos valencianos se cerraban en banda cuando la Fiscalía de Menores les reclamaba datos sobre la identidad de la madre biológica de un menor nacido en ese centro y que había sido inscrito como hijo de madre desconocida por decisión de la progenitora y entregado a la Administración.Los hospitales se amparaban en una ley de 1957 que permitía a las madres ocultar su identidad en el Registro Civil al inscribir al menor. De modo que, en estos casos, la Fiscalía no podía cumplir el trámite legal de consultar a la madre 30 días después del parto antes de entregar al pequeño a una familia adoptiva.
Pero una sentencia del Tribunal Supremo ha declarado contraria a los principios constitucionales de igualdad, libre investigación de la paternidad y dignidad de hijos y madres la existencia legal de hijos de madre desconocida. La sentencia deroga por inconstitucionalidad sobrevenida la ley de 1957 y prohíbe que las madres que entreguen a sus hijos en adopción oculten su identidad en el Registro Civil.
La Fiscalía de Menores del Tribunal Superior de Justicia valenciano va a ser una de las primeras en poner en práctica esta sentencia: los fiscales han decidido rechazar y devolver a la Consejería de Sanidad todos los expedientes de adopciones que se están tramitando en los que los hospitales se hayan negado a informar sobre la filiación materna. La Fiscalía también quiere conocer la identidad de las madres de los menores en acogimiento preadoptivo para consultarles, como marca la ley, si quieren que sean entregados a familias adoptivas.
La Fiscalía advierte a Sanidad que, a partir de ahora, si siguen negándoles esta información pueden incurrir en un delito de obstrucción a la Justicia.
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