El Supremo declara legales las subvenciones al doblaje en catalán

El Tribunal Supremo ha ratificado, en una sentencia hecha pública ayer, que, ante la "evidente inferioridad" de la producción cinematográfica en catalán, la concesión de subvenciones por parte de la Generalitat para aumentar los estrenos de filmes doblados al catalán no puede considerarse discriminatoria respecto al castellano.La sentencia confirma la legalidad de una orden de 1989 del Departamento de Cultura de la Generalitat por la que se convocaba un concurso para subvencionar "iniciativas destinadas a aumentar estrenos comerciales de largometrajes doblados en lengua catalana".

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El Tribunal Supremo ha ratificado, en una sentencia hecha pública ayer, que, ante la "evidente inferioridad" de la producción cinematográfica en catalán, la concesión de subvenciones por parte de la Generalitat para aumentar los estrenos de filmes doblados al catalán no puede considerarse discriminatoria respecto al castellano.La sentencia confirma la legalidad de una orden de 1989 del Departamento de Cultura de la Generalitat por la que se convocaba un concurso para subvencionar "iniciativas destinadas a aumentar estrenos comerciales de largometrajes doblados en lengua catalana".

Las bases de la convocatoria establecían que se valoraría, entre otros extremos, "el compromiso de la empresa solicitante de realizar el doblaje y copiado en Cataluña". Según otra base, los adjudicatarios deberían "estrenar las películas en su versión catalana y distribuirlas en Cataluña, únicamente en esta versión, en el periodo de seis meses a partir del estreno".

La Administración del Estado recurrió esta orden al entender que vulneraba el artículo 3 de la Constitución, conforme al cual el castellano es la lengua oficial del Estado, así como el derecho a la igualdad. El Supremo recuerda otros pronunciamientos anteriores en los que ya declaró que no puede considerarse discriminatoria una política de subvenciones a la actividad cinematográfica que trate de conseguir "la potenciación de un bien cultural de carácter fundamental como es el idioma". Tampoco vulnera el derecho a la igualdad que tal política se haga a través de la exigencia de que la película subvencionada se proyecte en el territorio catalán y en la lengua propia de la comunidad, añade el Supremo.

Protección

Para el tribunal, las cláusulas impugnadas tienen una justificación de protección del catalán desde una situación de inferioridad, "lo que es razonable y proporcional al fin pretendido, que es el aumento de la producción cinematográfica en la lengua propia de Cataluña". La sentencia declara también que el castellano no queda menoscabado porque la Generalitat incentive la utilización de una lengua "sin prohibir en modo alguno la difusión de la otra, ni tan siquiera ejercer el monopolio de la financiación pública privilegiada que materialmente pudiera dificultar esa difusión".

El consejero de Cultura de la Generalitat, Joan Maria Pujals, dijo que esta sentencia "ampara y refuerza las actuaciones del Gobierno de Cataluña" y sanciona la "vocación" de éste de acabar con el desequilibrio existente en Cataluña entre la oferta cinematográfica en castellano y catalán. El ministro de Educación y Cultura, Mariano Rajoy, declaró ayer a Efe que respeta la sentencia del Tribunal Supremo. Rajoy señaló que las multinacionales cinematográficas americanas sólo doblan las películas en cuatro idiomas y "es lógico" que no incluyan el catalán porque es "una cuestión puramente económica".

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