Una recaudación simbólica

El Ministerio de Hacienda recaudó en 1981, dentro del capítulo de impuestos de lujo en objetos artísticos de adorno y obras de arte, apartado en el que están incluidas las esculturas, pinturas y grabados, 1.632.000.000 pesetas. La mayor parte de esta recaudación se refiere a objetos artísticos y de adorno que incluye vajillas, objetos de vidrio, marfiles y cornucopias. Esta cifra, a la que habría que añadir 113.000.000 de pesetas en el apartado de antigüedades, no es significativa desde el punto de vista fiscal.Si se aplicara correctamente la normativa fiscal vigente, una de cuyas normas grava...

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El Ministerio de Hacienda recaudó en 1981, dentro del capítulo de impuestos de lujo en objetos artísticos de adorno y obras de arte, apartado en el que están incluidas las esculturas, pinturas y grabados, 1.632.000.000 pesetas. La mayor parte de esta recaudación se refiere a objetos artísticos y de adorno que incluye vajillas, objetos de vidrio, marfiles y cornucopias. Esta cifra, a la que habría que añadir 113.000.000 de pesetas en el apartado de antigüedades, no es significativa desde el punto de vista fiscal.Si se aplicara correctamente la normativa fiscal vigente, una de cuyas normas grava con un impuesto de lujo del 22% o el 26%, según los casos, Hacienda probablemente triplicaría estos ingresos, según cálculos de especialistas en tributos y en comercio de arte. La defraudación y la utilización de subterfugios y ficciones jurídicas es, según todos los indicios y confesiones de profesionales de este sector, una práctica habitual.

Más información

España es el único país occidental que mantiene sobre la compra de obras de arte un impuesto directamente de lujo, tanto para las obras que se compren en España como para las obras que se adquieran en el extranjero. Con frecuencia la importación de una obra de arte representa para el comprador español un gasto adicional, además del coste de compra, de un 40% (embalaje, transporte, seguros, impuesto de lujo, impuestos de compensación de gravámenes interiores y comisiones de despacho).

Frente a este impuesto de lujo español las exenciones son normas en el extranjero. Por ejemplo, el sistema inglés permite la exención de impuestos en trasmisión sin venta a cambio de obras de arte para el Estado. En Francia se pueden pagar derechos reales y de herencia mediante la cesión de obras. En Estados Unidos se le permite al particular comprar obras de arte con cargo a su contribución fiscal si después de su muerte la pieza pasa a un museo previamente concertado.

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