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La Federación regulará hoy el derecho de retención de los extranjeros

La Federación Española, a través del comité jurisdiccional, regulará hoy el derecho de retención para los jugadores extranjeros al resolver el «caso» Killer. Se trata de una decisión trascendente por las consecuencias que de ella se pueden deducir, pues en el fútbol español figuran actualmente cerca de un centenar de jugadores extranjeros.En la reglamentación federativa actual no figura principio alguno que establezca el derecho de retención para los jugadores extranjeros, tanto a favor como en contra. Cuando se permitió la llegada de jugadores extranjeros a nuestro país se decidió que éstos no podrían ser traspasados, ni tampoco cedidos, a clubs españoles. Así figura en la circular veintidós de la Federación Española, correspondiente al 18 de junio de 1973.

De todos modos, en ningún documento federativo se establece que al finalizar su contrato queden retenidos o prorrogados por el club al que pertenecen. Entonces se podría interpretar que todo jugador extranjero quedaría libre al cumplirse el contrato y podría fichar por otro club, no español, pero sí extranjero.

El «caso» del jugador Killer reviste circunstancias especiales, ya que como extranjero no podría fichar por el Betis, pero sí desde el momento en que adquiera la nacionalidad española. Killer está a la espera de adquirir su nacionalidad española y fichar por el equipo bético, que tiene cubierto su cupo de dos jugadores extranjeros.

El Spórting de Gijón, en el que permaneció Killer tres años, hasta finalizar su contrato como extranjero, se mostró dispuesto a prescindir de sus servicios y dejarle en libertad. Pero al conocer que podría fichar por el Barcelona, primero, y después por el Betis, prorrogó su contrato dentro del tiempo reglamentario y de ello dio cuenta a la Federación. El organismo federativo respondió al equipo gijonés la imposibilidad de tal prórroga, ya que el derecho de retención no afecta a los jugadores extranjeros. El Spórting recurrió ante la Federación y solicitó se le indicase los documentos que establecían la imposibilidad de la retención de jugadores extranjeros. Realmente no existe documento federativo alguno que cite la retención del jugador extranjero al finalizar su contrato. Sí se habla, como hemos dicho, que no puede ser traspasado a otro club español mientras sea extranjero.

La Federación Española aprovechará este tema, surgido en torno a un jugador y clubs concretos, para regular la generalización del derecho de retención de los jugadores extranjeros.

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