Herrero de Miñón pide un nuevo consenso en la Constitución
«Las dificultades para obtener un consenso en la elaboración de la Constitución deben superarse no mediante la búsqueda de fórmulas intermedias, en la mayoría de los casos ambiguas e incapaces de satisfacer a nadie, sino mediante la eliminación de todos aquellos aspectos que no afectan a la organización del Estado y que suponen meras declaraciones de Intenciones», dijo Miguel Herrero de Miñón, representante de UCD en la ponencia constitucional, durante la conferencia que pronunció ayer en el Club Siglo XXI.Según el señor Herrero, la Constitución ha de responder a dos cuestiones fundamentales: quién manda y hasta dónde manda, es decir, cómo se designan los gobernantes y cuáles son los límites del poder de éstos. «Sobre estos puntos -añadió- puede y debe obtenerse una concordia entre todas las fuerzas políticas, que aceptan las reglas de luego democrático.» Por el contrario, señaló más adelante, la determinación de para qué manda -esto es, las metas últimas del poder- son extremos que, por afectar a los programas y opciones ideológicas de las distintas fuerzas políticas, no pueden figurar en la Constitución, so pena de que ésta deje de expresar una concordia real sobre el modo de vivir políticamente juntos. Estos aspectos deben dejarse a la decisión de la mayoría de cada momento.
El ponente de UCD afirmó que los elementos fundamentales de la Constitución, en cuanto ésta marca pautas del vivir colectivo, no son en la España actual, ni en la retórica de unas declaraciones de principio, ni el detalle casi reglamentario de una organización. «Son más bien -explicó- tres puntos fundamentales: la unidad nacional, expresión de la voluntad de vivir juntos todos los españoles, y que integra una pluralidad de nacionalidades y regiones cuyo acceso al autogobierno no debe ajustarse a patrones uniformes, sino a las necesidades reales de los diferentes territorios, la institución monárquica revestida de competencias simbólicas, moderadoras y arbitrales; y el pluralismo democrático que supone la existencia de un régimen parlamentario, es decir, la designación del Gobierno en función de la mayoría de las Cámaras, un sistema de partidos políticos y un sistema de libertades públicas.
El señor Herrero de Miñón señaló que, a su juicio, la formulación de estas libertades se debía hacer siguiendo la pauta de los textos internacionales (ONU y Consejo de Europa), cuya objetividad facilitaría el hallazgo de un consenso entre las diversas fuerzas políticas que colaboran en el pro ceso constituyente.
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