Expulsado de la policía un agente por distribuir pornografía infantil
El funcionario aceptó una condena de un año de prisión y seis de inhabilitación
Un agente del Cuerpo Nacional de Policía destinado a Madrid, Eduardo Miguel M. C., de 39 años, ha sido expulsado tras haber sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 13 de la capital por un delito de distribución de material pornográfico de menores. El Consejo de la Policía (el órgano de gobierno de este cuerpo) ha tomado esa decisión tras ser firme la sentencia, según informaron fuentes sindicales.
Las investigaciones comenzaron por parte del Grupo VIII de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (UDYCO) de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, especializado en la lucha contra los delitos tecnológicos. En el curso de las pesquisas salió que una persona domiciliada en Moratalaz se dedicaba a distribuir material pornográfico de menores. En concreto, los agentes detectaron que el supuesto autor se había descargado varias imágenes de niñas, alguna de las cuales apenas tenía 13 años.
El delito está considerado
Los agentes llegaron a descubrir el teléfono desde el que operaba el supuesto pedófilo y la dirección IP del ordenador personal.
Tras conseguir la orden judicial de entrada y registro, los policías del Grupo VIII accedieron a su domicilio el 14 de marzo de 2012. Allí se intervino un disco duro donde había archivos con imágenes “en las que se mostraban menores de edad no identificados, desnudos, mostrando sus órganos sexuales y realizando actos sexuales con otros menores y adultos, que fueron compartidos, mediante el programa Vuze”, según consta en el relato de hechos de la sentencia del Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid.
El fiscal consideró en su escrito de acusación que el policía nacional, que carecía hasta entonces de antecedentes penales y se encontraba en libertad con cargos, era culpable de un delito de distribución de material pornográfico. Pedía la pena de tres años de prisión y otros seis de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público, según el artículo 192.3 del Código Penal. También le impiden tener una profesión en la que tenga relación directa con los menores de edad durante un tiempo de seis años para evitar que tuviera acceso a niños y adolescentes.
Sin embargo, antes de entrar en el juicio, el fiscal del caso y el abogado de Eduardo Miguel M. C. llegaron a un acuerdo para rebajar la condena ya que se apreciaron “alguna alteración de las facultades intelectivas” del agente, por lo que resultaba desproporcionada la condena de tres años de prisión. Esta rebaja suponía además que, al ser menos de dos años y convertirse en la primera condena del autor, no tenía que ingresar en prisión.
El autor se había descargado imágenes de menores de 13 años
El acuerdo entre la defensa y el fiscal permitió una sentencia de conformidad y que el fallo deviniera firme en el acto, ya que las partes anunciaron que no pretendían recurrirla ante instancias superiores, en este caso, la Audiencia Provincial de Madrid.
La expulsión del supuesto autor no llegó hasta la última reunión del Consejo. Los vocales explicaron que se trata de una falta muy grave, tipificada en el artículo 7 de la Ley del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. Este recoge esta medida para los funcionarios “condenados en virtud de una sentencia firme por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave daño a la Administración o a las personas”, como ocurre en este caso.
En el consejo también se estudió la eventual suspensión de un oficial de policía destinado a la Unidad de Intervención Policial Central (UIP, los antidisturbios) por no recibir las instrucciones de relevo durante un seminario cultural celebrado en el Casino Gran Madrid el pasado 12 de diciembre de 2013.
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