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El fiscal reduce la petición de pena para los dos acusados de matar a Coco Ciëlo

El ministerio público elimina el delito de torturas y la agravante de ensañamiento en el asesinato

F. Javier Barroso
El artista fallecido Coco Ciëlo.
El artista fallecido Coco Ciëlo.

El fiscal ha reducido la petición de condena para los dos acusados de haber matado en octubre de 2008 a Jorge Luis Revilla, conocido como DJ Coco Ciëlo, al entender que no existieron ni el delito de torturas y contra la integridad física ni la agravante de ensañamiento recogida en el artículo 139.3 del Código Penal. Por su parte, las defensas de ambos imputados han calificado los hechos como un delito de lesiones graves con resultado de muerte por el que le solicitan una pena de cuatro años con la aplicación de las eximentes incompletas de trastorno mental transitorio (en el caso de uno de los acusados, Traian F.R.) y la atenuante de dilación indebida en el procedimiento.

El juicio ha quedado visto para sentencia en una vista que ha comenzado alrededor de la una de la tarde, después de que la Sección 5ª de la Audiencia Provincial celebrara dos vistas previas, lo que ha retrasado el inicio de la última sesión. Antes de que las partes leyeran sus conclusiones definitivas, se han analizado tres grabaciones de cámaras de videovigilancia en las que, supuestamente, se ve a uno de los acusados con la víctima en los momentos previos a que llegaran al domicilio de este. En el último vídeo se ve a los dos imputados saliendo de la vivienda de Coco Ciëlo.

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El fiscal ha mantenido que el móvil de toda la agresión fue el robo con violencia e intimidación, ya que los dos acusados se apropiaron de una tarjeta de crédito, un reloj y una cámara de fotos propiedad de Coco Ciëlo. Estos objetos fueron recuperados en una tienda de compra-venta de objetos de segunda mano de Barcelona y en posesión de los acusados, cuando fueron detenidos. “A la vista de las fotos de cómo quedó el cuerpo, es fácil entender que hubo alevosía”, ha destacado el representante del ministerio público. Este ha pedido además los delitos de detención ilegal y asesinato con la agravante de alevosía.

“No hay ningún dato que permita deducir que hubo pelea previa, porque no hay signos de defensa por parte de la víctima. Tampoco se puede decir que los dos acusados sufrieran heridas ni que en la casa se produjera una pelea ni que el fallecido sufriera una caída accidental”, ha añadido el fiscal del caso.

El ministerio público ha relatado además que hay “abundante prueba” que determina que los dos acusados participaron en los delitos: huellas dactilares, restos de sangre de la víctima en las zapatillas y ropa de un imputado y el reconocimiento de los testigos, además de diversas comunicaciones telefónicas.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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